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El TSJPV suspende la representación internacional a la Federación Vasca de Judo
Se trata de una medida cautelar
16.10.07 - 19:33 -

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha suspendido cautelarmente dos artículos de los estatutos de la Federación Vasca de Judo y Deportes Asociados que otorgaban carácter de representación internacional a esta federación. Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal vasco en un auto hecho público hoy y en el que el tribunal acuerda en concreto la suspensión cautelar de los artículos 5 y 6.a de los citados estatutos, modificados y aprobados por el Gobierno vasco el pasado 25 de abril.
De esta manera, el TSJPV atiende la petición de la Abogacía del Estado que en representación del Delegado del Gobierno en el País Vasco, Paulino Luesma, solicitó el pasado julio la suspensión de los citados artículos argumentando que el Gobierno vasco y la Federación vasca de Judo carecen de la competencia para determinar la representación internacional de una actividad deportiva federada.
En concreto, el artículo 5 suspendido establece que "la Federación Vasca de Judo y Deportes Asociados ostenta la representación del deporte federado vasco correspondiente a sus modalidades deportivas en el ámbito estatal e internacional". El artículo 6.a dice por su parte que para el cumplimiento de sus fines la citada federación ejerce la función de "ostentar la representación de las modalidades deportivas en el ámbito estatal e internacional y definir, en su caso, el régimen de adhesión de la Federación a otras entidades".
En el auto, el TSJPV recuerda que están pendientes ante el Tribunal Constitucional la resolución de dos recursos contra las leyes autonómicas del Deporte del País Vasco (1998) y de Cataluña. La Sala añade además que el Tribunal Constitucional tiene acordada una suspensión cautelar del precepto 16.6 de la ley del Deporte de Euskadi en la que se dice que "la Federación vasca de cada modalidad deportiva será la única representante del deporte federado vasco en el ámbito estatal e internacional".
Por tanto, el Tribunal Superior Vasco, según esta decisión del Constitucional, acuerda también la medida cautelar y afirma que en el presente caso el "conflicto de intereses" se plantea en los mismos términos "puesto que el interés que se trata de preservar es el de la imagen internacional de España que se vería afectada por la alteración del modelo de representación internacional". Un hecho que la Sala dice también se "produciría igualmente" con la "representación compartida" que defiende el Gobierno vasco y que según se recuerda "tampoco es el modelo de representación existente".
Por todo ello, el tribunal acuerda la suspensión cautelar hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el citado recurso "ante la necesidad de preservar el modelo de representación internacional hasta ahora existente" y "en aras a preservar el riesgo de que pudieran producirse situaciones difícilmente reversibles" mientras no haya sentencia definitiva.
Además, la Sala afirma que el hecho de que el recurso de inconstitucionalidad "continúe sin resolverse" desde hace 9 años no puede ser valorado para adoptar o no la medida cautelar que se interesa. Esta decisión previsiblemente afectará a la decisión que el TSJPV tenga que adoptar respecto de los recursos admitidos a trámite sobre los estatutos de otras seis federaciones deportivas vascas de un conjunto de diecinueve que fueron recurridas por la Delegación del Gobierno en el País Vasco el pasado julio. En concreto, el TSJPV admitió a trámite los recursos contra los estatutos de las federaciones de Hípica, Triatlón, Rugby, Ajedrez, Surf y Automovilismo, además de la de Judo .
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