
LOS DATOS
El Ejecutivo autónomo aprobó ayer un proyecto de ley que regula la actividad de sus miembros más relevantes, fija las incompatibilidades a las que están sometidos y endurece el control sobre su patrimonio. La vicelehendakari, Idoia Zenarruzabeitia, admitió que la nueva propuesta tiene como objetivo ajustarse a la «realidad sociológica y jurídica del momento».
El anuncio hecho público por la 'número dos' del gabinete Ibarretxe tiene su origen en una proposición aprobada por el Parlamento vasco en diciembre de 2005 en la que se instaba al Gobierno a actualizar la regulación sobre incompatibilidades de sus altos cargos, fijadas hasta la fecha en diferentes normas, la más importante, la Ley de Gobierno de 1981. Esta solicitud fue estudiada por la viceconsejería de Función Pública, que en junio de 2006 dio su visto bueno a la modificación.
Lo que viene a hacer este nuevo texto es unificar todas las disposiciones repartidas en otros decretos y leyes e incorporar «nuevas cautelas que garanticen que no se van a producir situaciones que pongan en riesgo la objetividad, imparcialidad e independencia de quienes ocupen cargos públicos». La principal de estas novedades es que se regula «la prohibición de desempeñar determinadas actividades» incluso dos años después de abandonar el cargo, algo que ya sucede en la Administración central. En este periodo de tiempo, «cada vez que se inicie una actividad», se deberá comunicar de qué se trata.
La nueva normativa afecta al lehendakari y a los miembros de su gobierno, altos cargos, directivos, algunos puestos eventuales y otros ligados a órganos consultivos. Hasta el momento, cualquiera de ellos tenía la posibilidad de pasarse a la empresa privada un día después de dejar su cargo. Sin llegar a tanto, el ex lehendakari José Antonio Ardanza accedió a la presidencia de Euskaltel apenas un año después de abandonar Ajuria Enea. Incluso antes de dirigir la compañía telefónica, ya había entrado a formar parte del consejo de administración de otra empresa vasca.
La lista de incompatibilidades fijada en la Ley de Gobierno de 1981 establece que la condición de alto cargo en el Ejecutivo autónomo es incompatible con diversos puestos públicos -diputado general, alcalde de una población de más de 50.000 habitantes...- y con el «ejercicio de funciones directivas, representativas, de asesoramiento o simple empleo en cualquier clase de empresa» y con «cualquier actividad profesional o mercantil, incluso no remunerada». Una prohibición que en la actualidad se prolonga sólo mientras dura el mandato y que a partir de ahora se extenderá dos años más.
Sin relación
Sin embargo, habrá excepciones. Desde el propio Ejecutivo se recalca que uno de los principales objetivos es evitar casos «llamativos». Por ejemplo, que el consejero de Sanidad pase a dirigir una empresa farmacéutica o el de Vivienda una constructora. Los cargos intermedios podrían tener más libertad a la hora de pasar al sector privado si demuestran que su nueva actividad no guarda ninguna relación con su puesto público. Además, podrán desempeñar libremente la docencia universitaria.
La nueva normativa también establece un régimen sancionador en el caso de que algún miembro de la Administración incumpla la legislación. Las penas que se impondrán a los infractores no se detallarán hasta que el proyecto de ley sea remitido al Parlamento vasco para su definitiva aprobación.
Cuando un lehendakari abandona su cargo tiene fijado un sueldo vitalicio de 45.000 euros al año, a lo que hay que añadir coche oficial y secretaria. Consejeros y viceconsejeros se regulan por la Ley de Retribuciones de 1988. Si al cesar en su puesto se quedan en una situación de desempleo, tienen derecho a cobrar por año trabajado el 50% de cuatro meses de mensualidad. Eso sí, sólo durante un año. Un viceconsejero cobra alrededor de 3.600 euros netos al mes; al año, un consejero ronda los 87.000 e Ibarretxe, los 100.000.








