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ÁLAVA
Margen hasta el día de la subasta
09.12.07 -

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El anuncio de un proceso judicial para la ejecución de una hipoteca asusta pero no tiene siempre un desenlace tajante, definitivo. El afectado, el titular de un crédito que se ha retrasado en el pago o ha acumulado plazos pendientes, tiene siempre en su mano la paralización del proceso. Y dispone de plazo para hacerlo casi hasta el último momento, hasta el mismo día en que debe celebrarse la subasta del inmueble en trance de expropiación.

Las notificaciones y anuncios oficiales lo aclaran de manera inequívoca. «El pago de las cantidades adeudadas o el acercamiento de posturas puede hacerse desde el mismo momento del anuncio de la subasta hasta el momento de su celebración». En todo ese tiempo, el implicado puede ponerse al día con sus deberes.

Basta un compromiso escrito y en sobre cerrado para zanjar el procedimiento, que habrá quedado como un buen susto. Claro que, aunque puedan reajustarse plazos o cuotas, el afectado deberá hacer frente no sólo a los impagos acumulados sino también a los intereses de demora y las costas procesales.

El proceso de ejecución hipotecaria se inicia con la presentación de una demanda por parte de la entidad financiera ante el correspondiente juzgado de instrucción. Para llegar a la subasta pasa por distintas fases y trámites.
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