La mujer se puso de parto y se dirigió al centro sanitario Río Ortega. Pese a que el recién nacido se presentaba «de cara» -con las dificultades que entraña-, la paciente únicamente fue asistida por una matrona. Como consecuencia del «sufrimiento» causado durante el parto, el niño nació con un cefalohematoma y tuvo que ser reanimado por problemas respiratorios. El menor, de ocho años, padece secuelas que le comportan una lesión neurológica cerebral con una minusvalía del 33% y tiene que acudir a «centros de rehabilitación, logopedia y control neurológico».
Los padres del niño denunciaron entonces que durante el alumbramiento sólo había intervenido una matrona que no estaba «capacitada para la asistencia de un parto con complicaciones». No obstante, los responsables del centro sanitario argumentaron en su defensa que el parto había sido normal y que «son muchas las causas que pueden provocar los daños sufridos por el niño». Después de seis años de pleitos, la sala del Tribunal Supremo ha dado la razón a la familia de Getxo al entender que la Administración no ha podido acreditar que el parto se presentara con normalidad y que al no haber riesgo de ningún género era suficiente la mera asistencia de una matrona.
El Alto Tribunal también recuerda que los especialistas han determinado que al tratarse de un parto de cara se debe proceder a la cesárea abdominal, «lo que obviamente exige la presencia de especialista en obstetricia». «Lo mejor es evitar el encajamiento en situación de cara transversal o en oblicua posterior porque siempre representa un grave problema para el feto. Entonces el parto podrá o no ser posible, pero la mortalidad y la morbilidad fetal hace desechable toda otra conducta que no sea la cesárea», asegura el perito.
Por todo ello, el Tribunal Supremo concluye que la «inasistencia a un parto con evidentes complicaciones de un especialista en obstetricia supone una mala praxis médicas, al no haberse puesto todos los medios necesarios para prevenir un sufrimiento perinatal determinante de las secuelas del hijo».







