La reducción también afecta al amigo de la mujer, Mario Luis R.C., al que el magistrado impuso la misma pena por alquilar de forma ficticia el piso a Ana Isabel P.R.para que ésta pudiese seguir accediendo a su propiedad.
En su recurso, la acusada negó que se produjera una «continuidad delictiva de la acción» al regresar a su domicilio en varias ocasiones pese a haber sido desalojada y contar con una orden judicial que se lo prohibía. La sentencia hecha publica ayer acepta esta petición, al considerar que la reiteración de las conductas ya se tuvo en cuenta en su día cuando se calificó el hecho como delito y no como falta, en función de su gravedad.
Constantes molestias
Tras años de sufrir constantes molestias, la comunidad de residentes de los portales 5 y 7 de Castro Urdiales consiguió que un juez reconociese el «infierno» que habían padecido durante años por el comportamiento de Ana Isabel P.R., «totalmente contrario a las más elementales normas de convivencia». Ruidos, suciedad, agresiones e incluso denuncias absurdas interpuestas por esta mujer fueron una constante en la vida de los vecinos, que cesaron cuando fue expulsada de la casa y se repitieron cuando alquiló el piso a su amigo.
El juez sostiene que la acusada incumplió «absolutamente» el mandato judicial y que, para «enmascarar» esta actitud, simuló un contrato de arrendamiento con Mario Luis R.C., al que culpa de ser coautor del delito. En cuanto al papel de éste, el magistrado incide en el hecho de que no consta que abonara renta o recibo alguno ni que pusiera a su nombre ninguno de los servicios fijados en el contrato, y que lo que en realidad hizo fue proporcionar el uso del apartamento a su propietaria. Además, rechaza que los testimonios de los vecinos sobre el incumplimiento de las medidas no fueran creíbles por estar enemistados con la condenada y atribuye la «mala relación» entre ambas partes a la «conducta incívica» de la imputada.







