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Economía

IMPUESTO ESPECIAL SORE LAS VENTAS MINORISTAS DE DETERMINADO HIDROCARBUROS
Bruselas ordena a España derogar el 'céntimo sanitario' en dos meses

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Lo que se ha venido a denominar el 'céntimo sanitario' -el Impuesto Especial sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH)- no se atiene a la normativa comunitaria. Así lo estima la Comisión europea, que emitió ayer un Dictamen Motivado a España exigiendo su derogación en un plazo de dos meses, transcurrido el cual recurriría al Tribunal de la UE.

El 'céntimo sanitario', creado en 2002 por el Gobierno del PP, se aplica en las comunidades de Madrid, Cataluña, Castilla- La Mancha, Valencia, Asturias y Galicia. Es un gravamen a gasolinas y gasóleos de automoción destinado a financiar los deficitarios servicios de salud.

La Comisión europea entiende que este impuesto es un abuso. Aduce que la fiscalidad de los hidrocarburos está armonizada en la UE en base a un modelo de tipos mínimos, y que el IVMDH lo incumple por varias razones: su devengo se produce en un momento distinto que el impuesto de hidrocarburos y no cuando los productos dejan el último depósito fiscal, sino cuando los adquiere el comprador en la gasolinera. Además, la Justicia europea ha determinado que cualquier otro tributo sobre hidrocarburos que un Estado decida imponer no puede tener finalidad presupuestaria.
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