En noviembre de 2006, el Congreso de los Diputados aprobó una ley de reforma fiscal que, entre sus capítulos, ponía fin a una discriminación por la venta de viviendas entre españoles y ciudadanos de la Unión Europea que había sido ya detectada y condenada en Bruselas. Hasta entonces, y desde 2003, la Hacienda española aplicaba un tipo del 15% a las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de una casa, pero para los extranjeros, incluidos ciudadanos de la UE, el porcentaje era del 35%.
La nueva ley, que entró en vigor en enero de 2007, equiparó el tipo del impuesto en un 18% para las ganancias patrimoniales en la venta de viviendas por españoles o ciudadanos de la UE. Con el auge en la adquisición de casas por extranjeros en España, las operaciones de compraventa también se han multiplicado y quienes vendieron sus propiedades en España fueron obligados a pagar impuestos superiores a los que abonaban los españoles.
Se calcula que al menos 4.500 británicos, y quizás otros tantos nacidos en otros países de la UE, fueron afectados por esta discriminación, que en 2006 la Comisión consideró como contraria al Tratado de Maastricht de la Comunidad Europea y a la directiva de 1988 sobre el libre movimiento de capitales. La CE consideró la medida discriminatoria en un procedimiento de infracción abierto contra las autoridades españolas.
El despacho de abogados Costa, Álvarez, Manglano y Asociados, de Barcelona, que abandera las iniciativas para la devolución de esos pagos excesivos por sus clientes, estima que, entre los impuestos y los intereses, Hacienda debe un promedio de entre 20.000 y 30.000 euros a cada uno.
Tribunales
Se han presentado las primeras reclamaciones y el coste total para el fisco de las posibles compensaciones a vendedores británicos de viviendas en España se estima en cerca de 65 millones de euros.
Según el despacho de abogados que lleva los primeros casos,cerca de un centenar, la Administración española no ha reconocido la deuda contraída con sus clientes, por lo que el caso tendrá que ser visto en los tribunales españoles, donde la jurisprudencia europea parece ofrecer un argumento convincente. Aunque las restricciones legales impiden en teoría la reclamación a quienes vendieron su vivienda antes de 2004, no se descarta la creación de un grupo de presión de los perjudicados para reclamar la devolución.