Las personas con discapacidad tienen derecho en Euskadi a conseguir un piso protegido adaptado sin pasar por los sorteos si a cambio entregan al Gobierno vasco su vivienda, en caso de que ésta no cumpla con los mínimos de accesibilidad que requiere su situación física. Al hacerlo, los afectados entregan a la Administración un piso libre del que son propietarios y reciben una VPO que, sin embargo, nunca será suya. El Ejecutivo ofrece estas viviendas bajo la fórmula de derecho de superficie, lo que viene a ser una cesión de uso por un periodo determinado. En este caso, por 75 años.
El Ararteko, Íñigo Lamarca, ha estudiado en los últimos meses esta práctica tras recibir la queja de dos ciudadanos y ha concluido que, tal y como denunciaban, se trata de un intercambio injusto, en el que los afectados sufren «un perjuicio económico». Por ello, ha planteado al Departamento de Javier Madrazo que modifique su política y entregue pisos protegidos también en propiedad a los ciudadanos que se acogen a las permutas. Es factible, recuerda Lamarca, porque una fórmula idéntica se lleva a cabo en el caso de las operaciones de realojo.
El caso analizado por el Ararteko tiene su punto de partida en 2004, cuando una pareja vizcaína solicitó el intercambio de su vivienda libre por otra de protección que estuviera adaptada a las necesidades de la mujer, víctima de una discapacidad. En virtud de la normativa, el Departamento de Vivienda les adjudicó en 2006 su nueva residencia. A lo largo del proceso, los ciudadanos pusieron el caso en manos del Ararteko, al entender que ambos bienes «no tienen un valor equiparable» y que la práctica les suponía «un grave perjuicio económico». Pese a todo ello, explicaron a Lamarca que debían aceptar la oferta del Gobierno vasco por sus «circunstancias personales y familiares».
Sin calificación
A juicio del defensor vasco, «resulta razonable» que los reclamantes muestren su disconformidad con la actuación administrativa, puesto que considera evidente que «en la operación de permuta reciben un derecho real de categoría inferior al que transmiten». A juicio del Ararteko, si la Administración abre la puerta a que las personas con discapacidad tengan reconocidos unos derechos en relación con la vivienda «dignos de ser protegidos por los poderes públicos», esto ha de hacerse con equidad y sin causarles «perjuicios económicos». Su propuesta, zanja Lamarca, es que quienes estén en esta situación reciban a cambio de su piso libre uno protegido en propiedad.
El caso de la pareja vizcaína tiene una segunda derivación que también analiza el Ararteko. Según el testimonio de los afectados, el piso que entregaron a la Administración a cambio de la VPO fue puesto en el mercado por parte de Etxebide, pero no fue calificado como de protección oficial. El adjudicatario, por tanto, podrá venderlo como libre pasado un plazo de 10 años. A juicio de los afectados y también del Ararteko, de esta forma se permite al nuevo dueño la obtención de una posible plusvalía que, sin embargo, se niega a los afectados. Lamarca recomienda en este caso que el departamento califique siempre como pisos protegidos las viviendas que recibe en las permutas.