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Viernes, 27 de enero de 2006
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POLÍTICA
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Absuelven a Matanzas de promover una marcha prohibida porque la Ertzaintza no la disolvió
La Audiencia de Guipúzcoa reprocha a la Policía autónoma su «pasividad» por permitir el acto
La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha absuelto al abogado de la izquierda abertzale Txema Matanzas del delito de manifestación prohibida por el que un juzgado de lo Penal le condenó a nueve meses de prisión y a una multa de 2.700 euros. La Sala esgrime la «pasividad» de la Ertzaintza por no disolver el acto, celebrado en 2002, y estima el recurso que interpuso la defensa contra la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián, que condenó a la misma pena a Sabin Juaristi, procesado en la causa contra Askatasuna.

La manifestación prohibida era la que se celebra todos los años en San Sebastián en favor de los presos, coincidiendo con la final de la regata de La Concha. La sentencia emitida por la Sección Primera de la Audiencia señala que, «pese a la prohibición», Matanzas y Juaristi «favorecieron de forma determinante» la celebración de la marcha prohibida.

La resolución indica que la manifestación, de «miles de personas», provocó una «visible y llamativa alteración del orden público» porque supuso el corte del tráfico. Además, destaca que durante la marcha se corearon lemas como 'Independentzia' y 'Gora ETA militar' y que se profirieron insultos contra la Ertzaintza como 'Vosotros también sois perros'. El tribunal considera que «concurren» todos los requisitos contemplados en el delito de manifestación prohibida.

Todos menos uno: la Ertzaintza no formuló «requerimiento alguno de disolución». De esta forma, absuelve a Matanzas y Juaristi y declara las costas de oficio. El texto reprocha a la Ertzaintza que, con su «pasividad», permitiera que la prohibición quedara vacía «de todo contenido», algo que «indudablemente favoreció a unos evidente y gratamente sorprendidos infractores, seguramente incrédulos por los buenos resultados de su tolerado acto de presión callejera».



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