La Sala de lo Penal del Supremo ha celebrado hoy una vista pública para estudiar el recurso presentado por Idoia Martínez García, "Olga", contra esta condena de la Audiencia Nacional. El abogado del etarra ha solicitado la anulación de esta condena alegando que no existe prueba contra su cliente.
La Audiencia Nacional condenó a Idoia Martínez García, "Olga", a seis años de prisión por un delito de robo y a cinco de cárcel por otro de tenencia ilícita de armas. El Tribunal consideró probados los hechos ocurridos el 2 de agosto de 1994 cuando Idoia Martínez circulaba junto al miembro de ETA Mikel Azurmendi por Madrid en un vehículo, que éste último había robado y al que había colocado matrículas falsas, hechos por los que ya fue condenado.
El vehículo hizo una maniobra indebida que fue advertida por una patrulla de la Policía Municipal madrileña que se aproximó para multarles. Después de que detuvieran el vehículo y cuando los agentes se disponían a rellenar el boletín de denuncia, Azurmendi y "Olga" se apearon con rapidez del automóvil y empuñaron dos pistolas con las que encañonaron a los policías, a quienes arrebataron sus revólveres, para después darse a la fuga.
Huellas
El automóvil sustraído fue encontrado con un ejemplar de un periódico en su interior, que contenía tres huellas de "Olga". La defensa ha asegurado que su patrocinada pudo tocar cualquier día el periódico, objeto "que se puede transportar fácilmente".
Además, el letrado ha argumentado que uno de los policías dijo que del coche del que se bajaron los dos autores de los hechos era un "Ford Fiesta" y "la sentencia se inventa que el policía rectificó y dijo que era un 'Volkswagen Polo'". "No existió tal rectificación" y "no está claro que ese indicio sea una prueba tal como para decir que participó en los hechos", ha concluido el letrado, quien también ha señalado que en todo caso no se trataría de dos delitos autónomos -uno de robo y otro de tenencia ilícita de armas-, sino que "se debería aplicar un concurso ideal".
Sobre este asunto, la fiscal, que ha solicitado que se confirme la sentencia de la Audiencia Nacional, ha explicado que "no existe relación entre ambos delitos". La procesada fue arrestada el 6 de noviembre de 1997 en la localidad francesa de La Rochelle y extraditada a España el 18 de noviembre de 2003, después de haber sido juzgada y condenada por pertenencia a banda armada el 5 de octubre de 1999 por el Tribunal de Gran Instancia de París.