El Correo Digital
Jueves, 20 de abril de 2006
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OPINIÓN
CARTAS AL DIRECTOR
VPO en Llodio
«Por favor, que alguien me conteste», termina su carta Ángel Alonso, aparecida con el mismo título (VPO en Llodio) el pasado 17 de abril. Se refiere en especial a una de las 39 personas adjudicatarias por sorteo de otras tantas viviendas de protección oficial sorteadas en Granjabide. Cuenta que los padres de ese vecino de Llodio poseen al menos tres pisos y «un impresionante chalé». Y se pregunta si «cuando el agraciado herede, ¿devolverá el piso a la comunidad que se lo ha financiado o lo venderá a precio libre y se ganará unos milloncejos?». Antes de contestar a la pregunta en cuestión, debo apuntar que de los sorteos municipales (este es del Ayuntamiento de Llodio) responden los ayuntamientos. Hasta hace poco las viviendas protegidas municipales se podían adjudicar como al Ayuntamiento le pareciera oportuno. Gracias a la normativa del Gobierno vasco, hoy los sorteos son obligatorios para los Ayuntamientos. Desde el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco podemos decir que desde el 31 de diciembre de 2002 las viviendas protegidas en Euskadi tienen calificación permanente, con lo que nunca se pueden vender a precio de vivienda libre. Por lo que el caso que relata en su carta el señor Alonso no implicará plusvalía privada desmedida en el caso de futura venta de la vivienda protegida. También quiero indicar -el caso así lo exige- que cada persona inscrita en Etxebide acredita unos ingresos individuales, independientes de los ingresos de padres o familiares. El derecho a la vivienda es un derecho individual. Dicho esto, respecto a la posibilidad apuntada por Ángel Alonso de poder limitar el acceso a la vivienda protegida en el caso de heredar inmuebles, el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales toma nota de la misma de cara al nuevo Plan Director de Vivienda 2006-2009 y a la futura Ley de Vivienda.



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