El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado al Servicio Vasco de Salud a abonar a un paciente alavés los gastos derivados de la intervención cardiaca a la que tuvo que ser sometido de urgencia en la Policlínica San José de Vitoria. Según el fallo, no había sido asistido de manera adecuada en el hospital Santiago, donde ingresó en un primer momento con un síndrome coronario agudo.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EL CORREO, admite que «a pesar de los antecedentes de cardiopatía isquémica, no se siguió el protocolo indicado para dicha patología», por lo que Osakidetza debe reembolsar ahora los 20.683 euros que el paciente pagó a la clínica.
Los hechos se remontan a la madrugada del 19 de marzo de 2004, cuando el demandante -de 70 años y con antecedentes de infarto coronario agudo y doble by-pass- acudió al servicio de urgencias de Santiago tras sentir «dolor opresivo precordial». Se le diagnosticó un síndrome coronario agudo y se le ingresó en planta de enfermería, donde se le realizaron diversas pruebas bioquímicas y se le administró tratamiento farmacológico.
Ante la «gravedad» de su estado, un cardiólogo amigo constató la necesidad de practicar al enfermo una coronariografía urgente, que no pudo realizarse en Txagorritxu por tratarse de un día festivo. La única solución viable pasaba por trasladar al paciente a la Policlínica Guipúzcoa, en San Sebastián. Pero el alto riesgo que este desplazamiento conllevaba para la vida del enfermo obligó al demandante a solicitar el alta voluntaria a fin de ingresar en la Policlínica San José, donde finalmente se le practicó esta prueba. El diagnóstico confirmó que el paciente presentaba obstrucciones coronarias muy severas, con lesiones del 75% al 100%, por lo que tuvo que esperar hasta el día 21 para poder ser intervenido con carácter urgente.
El fallo del TSJPV confirma la sentencia de 30 de junio de 2005 dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Vitoria, que ya dictaminaba que este caso era el «supuesto más claro de existencia de urgencia vital», lo que justifica el traslado del paciente por parte de Osakidetza a la Policlínica San José para que se le practicara un cateterismo urgente.
En este sentido, la sentencia «ha sentado un precedente, ya que se trata del primer caso en que un paciente alavés operado del corazón en una clínica privada de Vitoria gana una sentencia en firme a Osakidetza», subrayó ayer la asesora legal de la Unión de Consumidores de Álava, Blanca Ibáñez.
«Excelente noticia»
Álava es la única provincia vasca donde no existe un servicio, ni público ni concertado, de cirugía cardiovascular. De ahí que para la asociación de enfermos 'Bihotz Bizi' -que lleva mucho tiempo luchando para poder ser operados en su territorio- este fallo judicial sea «una excelente noticia para todos. La razón la tenemos, otra cosa es que nos la quieran dar», apuntó un portavoz.
Osakidetza se limitó a anunciar que «acatará la sentencia» y eludió pronunciarse de nuevo acerca de la situación de la cirugía cardiaca en Álava. «El Parlamento vasco ya habló y consideró que no se da el volumen de operaciones suficiente para instalar un nuevo servicio.