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Martes, 6 de junio de 2006
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POLÍTICA
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El Poder Judicial no tiene previsto apartar a Del Olmo de la instrucción del 11-M
Le abrirá mañana expediente, pero se inclina por una sanción sin pérdida de destino
El Poder Judicial no tiene previsto apartar a Del Olmo de la instrucción del 11-M
El juez Del Olmo.
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El Consejo General del Poder Judicial no tiene previsto apartar al juez Juan del Olmo del Juzgado Central 6 de la Audiencia Nacional, en el que instruye desde hace más de dos años con dedicación exclusiva el sumario de los atentados del 11-M.

El órgano de gobierno de la judicatura abrirá mañana un expediente disciplinario al magistrado por haber excarcelado el pasado 10 de mayo por error a Saed el Harrak, uno de los 29 procesados por la matanza terrorista. No obstante, la sanción que tiene previsto imponer el pleno de este órgano, una vez finalice el proceso disciplinario, en ningún caso implicaría la pérdida de su actual destino o su traslado forzoso, según indicaron fuentes consultadas tanto de los sectores progresista como conservador.

La apertura del expediente se acordará en la reunión de la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial. Está previsto que los cinco miembros de la comisión -o al menos la mayoría- acepten la propuesta del Servicio de Inspección y expedienten a Del Olmo por una falta muy grave de desatención en la tramitación de los procedimientos judiciales.

El expediente disciplinario, que puede tardar varios meses en completarse, será instruido por un magistrado, que encargará diligencias y recibirá informes del Ministerio Fiscal y del afectado antes de presentar una propuesta concreta. La sanción definitiva -que puede responder o no a la falta muy grave con que se abrió el expediente- será discutida y acordada por el pleno del CGPJ y puede ser recurrida ante el Supremo.

Los vocales consultados pronosticaron que, al final del proceso, Del Olmo será acreedor de una falta grave o muy grave, pero que la sanción, en cualquier caso, recaerá en la parte más benigna del abanico de posibilidades punitivas. Las faltas graves pueden sancionarse con una multa máxima de 3.000 euros. La faltas muy graves pueden ser reprendidas con una amplia horquilla de sanciones: la suspensión de empleo del juez por plazo de un mes a tres años, el traslado forzoso a un juzgado situado a más de 100 kilómetros e, incluso, la separación de la carrera judicial.

Las dos últimas sanciones -traslado y separación- suponen la pérdida obligatoria de la plaza que se ocupa. En cambio, la suspensión de empleo sólo incluye la pérdida del destino cuando se impone por un plazo superior a seis meses, lo que obliga al sancionado a presentarse en el momento de su reincorporación a un concurso de traslados. De esta forma, la quiniela que barajan los vocales del CGPJ incluye imponer a Del Olmo una sanción que oscilaría entre una multa de varios miles de euros y una suspensión de empleo con una duración inferior a seis meses.

Las fuentes consultadas comentaron que el magistrado tiene en su contra que instruía el sumario con dedicación exclusiva, que la excarcelación se produjo por un claro error suyo -fijó la fecha para prorrogar la prisión de El Harrak diez días después de haber agotado el tiempo máximo de encarcelamiento preventivo- y que nadie pudo detectar el fallo porque no usó los sistemas de control de reclusos preventivos de la Audiencia Nacional.

Cuenta en su descargo con que se trata de un fallo concreto en un juzgado bien atendido, que es un juez considerado serio y trabajador, que ha tenido que soportar una gran presión en la instrucción del 11-M, que el fallo se produjo mientras estaba de baja por una operación quirúrgica y que el error podía haber sido reparado por la fiscal, las acusaciones particulares y el secretario judicial, pero ninguno fue capaz de detectar el fallo.



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