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accidente ferroviario
Pena de dos años para el factor de la estación de Chinchilla por el choque que dejó 19 muertos
El juez argumenta que privarle de libertad «tendría más inconvenientes que ventajas», ya que está «integrado»
Pena de dos años para el factor de la estación de Chinchilla por el choque que dejó 19 muertos
«PAVOROSO INCENDIO». Los dos trenes chocaron a 1,7 kilómetros de la estación. / AP
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El Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete ha condenado a dos años de prisión y cuatro de inhabilitación profesional a José Luis Díaz Córcoles, el factor de circulación de la estación de Chinchilla, único acusado por el choque de trenes del 3 de junio de 2003 en el que 19 personas murieron y 48 resultaron heridas. El juez Jaime de Lamo considera probado que el ferroviario cometió un error humano al poner en verde el semáforo para que saliese el Talgo Madrid-Cartagena, pese a que un mercancías venía en sentido contrario por una vía única. No obstante, le impone una pena que evita su entrada en prisión, ya que se trata de un hombre «integrado socialmente» cuyo encarcelamiento «tendría más inconvenientes que ventajas».

La sentencia, de 133 folios y dada a conocer en lectura pública, considera probado que Díaz Córcoles activó la luz verde y dio la orden de 'marche el tren', «olvidando» que se acercaba el otro convoy. Ello provocó una «fortísima colisión frontal» a 1,7 kilómetros de la estación, seguida por un «pavoroso incendio». Parte del mercancías quedó sobre el Talgo, que transportaba a 82 pasajeros y cuatro tripulantes. El juez hace constar que, cuando el factor alertó al puesto de mando de Valencia para que se detuviese a los trenes, ya hacía dieciséis segundos que había ocurrido el choque.

En vista de estos hechos, declara al acusado culpable de 19 delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y 48 de lesiones por el mismo motivo, aunque le aplica la atenuante de reparación del daño, ya que intentó sin éxito parar los trenes cuando se dio cuenta de su error. Jaime de Lamo ha resuelto no imponer una pena de prisión superior a los dos años para evitar el ingreso en la cárcel del factor, ya que «es un hombre integrado socialmente, un trabajador padre de dos hijos, uno de ellos con una minusvalía, y su ingreso en prisión tendría más inconvenientes que ventajas».

La sentencia concluye que el accidente no se debió a las condiciones de la vía ni a un deficiente sistema de comunicación, como sostenía la defensa. Además, estima responsable civil a la compañía de seguros Mapfre y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), que deberán asumir las indemnizaciones económicas a las víctimas. Estas compensaciones serán superiores en un 30% a las establecidas en principio por Mapfre, que había tomado como referencia el baremo establecido para los accidentes de tráfico.

La petición del fiscal

Los dos años de prisión coinciden con la petición realizada por la Fiscalía y por 17 de las 18 acusaciones particulares. La excepción corresponde al abogado que representa a la familia del maquinista del Talgo, que había solicitado cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación profesional. No obstante, el letrado indicó que no recurrirá el fallo judicial: «Estamos satisfechos con el mero hecho de que se haya hecho una mención especial al correcto trabajo desarrollado por el maquinista -explicó Julio Santos-. Esta acusación particular en ningún caso buscaba hacer daño a nadie: bastante mal tiene con el hecho de que cargue sobre su conciencia la acción desarrollada».

Igual de satisfecho se mostró el abogado defensor, Julián Pérez Charco, que había pedido la absolución argumentando que Díaz Córcoles no dio la señal de salida al Talgo y que las condiciones técnicas de la vía eran deficientes: «En ocasiones es más inteligente no empezar a remover», declaró el letrado, además de destacar que su cliente está «hundido psicológicamente».



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