Poco a poco parece que los mirandeses empiezan a animarse en la cuestión de tener hijos. A los buenos datos con los que recientemente el hospital comarcal Santiago Apóstol confirmaba un importante aumento de la natalidad se unen ahora el registro de la Junta de Castilla y León, que tiene contabilizado un total de 46 nuevas familias numerosas a lo largo de 2006.
De esta forma, la ciudad cuenta ya con un total de 179, que se dividen en dos categorías según sus características específicas y el número de sus miembros: general y especial.
Por categoría especial se entiende aquellas unidades familiares compuestas por cinco o más hijos así como las de cuatro en el que tres de ellos procedan de parto múltiple, adopción, acogimiento o preadoptivo. En este capítulo estarían englobadas al menos veinte familias mirandesas, según los datos ofrecidos desde la Junta de Castilla y León.
Por otro lado, las familias con tres o cuatro hijos formarían parte del régimen general, si bien cada hijo discapacitado computa doble a estos efectos. En todo caso, se trata de la configuración más numerosa en Miranda con cerca de 159 familias registradas.
Inmigración
Una de las situaciones que más ha beneficiado el aumento de las familias numerosas ha sido la inmigración, ya que las madres extranjeras que residen en Miranda, además de tener los hijos siendo más jóvenes prefieren tener más de dos.
Sin embargo, para poder acogerse a todos los descuentos y exenciones deben ser residentes en España todos los miembros que den derecho a los beneficios a los que se refiere la Ley de Protección de Familias Numerosas.
Pero la ley reconoce ciertas situaciones diferentes a las generales para conseguir el título de familia numerosa y poder acogerse a todas las ventajas que supone. Por ejemplo, si el padre o la madre están separados o divorciados con tres o más hijos sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares siempre que se encuentre bajo su dependencia económica.
Otra excepción es el caso de dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, que convivan con su tutor pero no se hallen a sus expensas. Un caso similar sería el de tres o más hermanos huérfanos mayores de18 años que convivan y tengan dependencia entre ellos.
Las edades y características para poder renovar el título de familia numerosa son diversas. Por ejemplo, se hace necesario que los miembros de la unidad familiar tengan menos de 21 años y estén solteros. El límite se amplía a los 25 siempre y cuando estén cursando estudios que se consideren adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
Otra característica necesaria es que los hijos vivan con los ascendientes, salvo en los casos previstos por la separación o el divorcio, y que dependan económicamente de ellos.
Además de los descuentos en el tema de la educación, las familias numerosas se encuentran con múltiples ventajas en materia de ocio, transporte, vivienda, juventud, Hacienda, excedencias, cuidadores u ocio y cultura.
En cuanto a los beneficios fiscales cabe destacar que hay una deducción de 236,25 euros por familia numerosa más 100 euros por cada descendiente a partir del cuarto. Y, por ejemplo, en el capítulo de transporte, la familia se puede ahorrar hasta el 50% tanto en autobús como ferrocarril.