Miércoles, 25 de abril de 2007
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EDICIÓN IMPRESA

LUIS MARÍA CORDERO ASESOR JURÍDICO DE LA UNIÓN DE CONSUMIDORES DE EUSKADI
«La calidad de la vivienda es baja en relación a su precio»
El abogado ofreció ayer en Vitoria una charla sobre los vicios y defectos en la construcción
«La calidad de la vivienda es baja en relación a su precio»
Luis María Cordero, en Vitoria.
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La compra de una vivienda de nueva construcción no es suficiente garantía de que el inmueble cumpla con todos los requisitos pactados entre cliente y promotor antes de su adquisición. Con demasiada frecuencia, los materiales que se utilizan son de calidad inferior a lo estipulado en el contrato de escrituras y, en el peor de los casos, los defectos aparecen incluso antes de que los nuevos inquilinos estrenen la vivienda. Ante ello, ¿qué salida le queda al comprador? El asesor jurídico de la Unión de Consumidores de Euskadi, Luis María Cordero, tranquiliza al cliente. «Reclamar, porque la ley le ampara».

-Invierto todos mis ahorros en una vivienda, me hipoteco de por vida y cuando tomo posesión de ella, sus calidades no coinciden con las contratadas. ¿Qué debo hacer?

-Antes de ello, a la hora de firmar el contrato privado, el comprador debe saber que tiene derecho a exigir este contrato, en el que no tiene que haber cláusulas abusivas; así como una memoria de calidades lo más desglosada posible y un plano de la vivienda en el que conste la superficie útil de ésta.

-Y si no es suficiente para evitar una deficiencia, ¿a quién hay que reclamar?

-Al promotor.

-¿Cuáles son los plazos para exigir responsabilidades?

-Si se trata de una obra nueva, cuya licencia estuviera concedida a partir del año 2000, se aplica la Ley de Ordenación de Edificación, que contempla tres tipos de deficiencias. Para las terminaciones de acabado se tiene un plazo de un año para reclamar. Si las deficiencias afectan a la habitabilidad de la vivienda, el plazo se amplía a los tres años, mientras que para deficiencias más graves, como grietas estructurales o humedades importantes, el plazo es de diez años.

Grietas y mal acabado

-¿Y si el promotor no apechuga?

-En ese caso, el consumidor puede acudir al Arbitraje de Consumo, un sistema extrajudicial y gratuito al que las promotoras no están adheridas, o bien interponer una demanda judicial, que es algo más costoso y largo. Pero la ley siempre ampara al comprador.

-¿Suelen ganar estos juicios los compradores?

-Siempre que lo que se demanda sea razonable y se pueda probar, sí. Por eso conviene ir de la mano de un informe pericial que acredite la existencia de los vicios y que determine cuál es su causa.

-Al margen de que le sea reparada la deficiencia, ¿tiene derecho el comprador a exigir una indemnización?

-Los tribunales están concediendo indemnizaciones para cubrir daños y perjuicios objetivos, pero no para cubrir perjuicios morales.

-¿Cuáles son los defectos más habituales en la vivienda nueva?

-De acabado en tarimas, pinturas o saneamiento, fisuras y grietas.

-E imagino que se darán con más frecuencia de la deseada.

-Hombre, al que le toca se siente muy cabreado, pero en relación con el número de transacciones inmobiliarias, no se da un número disparatado de problemas.

-¿Cuál es la calidad de la vivienda nueva en Vitoria?

-No existen índices estadísticos de calidad pero sí es cierto que, en el Norte, la vivienda tiene, por ejemplo, un mejor aislamiento térmico y acústico que en otras partes del Estado. Lo que ocurre es que la calidad es baja en relación a los precios que se están pagando.

-Le planteo un caso concreto. ¿Cómo se explica que el departamento vasco de Vivienda rechace 4 años y medio después de su sorteo una promoción VPO porque sus cocinas y garajes no tenían la superficie mínima exigida por la ley?

-Siendo una vivienda VPO es difícil de explicar porque, en este caso, quien controla todo y quien tiene incluso la posibilidad de exigir a la promotora que repare todas las deficiencias es el departamento de Vivienda. En cualquier caso, el comprador de un piso VPO tiene un plazo de garantía de 5 años.

 
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