Miércoles, 28 de febrero de 2007
Registro Hemeroteca

en

GENERAL

Publicado: 17:07

barakaldo
Una juez permite a un transexual cambiar su nombre sin haber completado su transformación
La sentencia destaca que la demandante se siente hombre "desde un punto de vista psicológico" pese a no tener pene
Imprimir noticiaImprimirEnviar noticiaEnviar

Publicidad

Un Juzgado de Barakaldo ha concedido a un transexual el derecho de modificar las menciones de sexo y nombre en el Registro Civil "a todos los efectos jurídicos" pese a no haber completado el proceso quirúrgico para transformarse de mujer a hombre.
Según ha informado el Servicio Vasco de Atención a Homosexuales y Transexuales del Gobierno vasco (Berdindu), la juez señala que la ausencia de pene "no debe privar a la actora de ser un hombre cuando su comportamiento, actitud y signos externos e internos demuestran lo contrario", ya que "lo relevante es que la parte actora ya ha iniciado un proceso irreversible de asignación sexual, realizado de forma reflexiva y para aliviar el sufrimiento de su trastorno".
La sentencia se hace eco de la doctrina reiterada del Tribunal Supremo, que advierte de que la modificación de los caracteres sexuales externos y la rectificación registral del nombre y del sexo se fundamenta en el papel predominante del sexo psicológico sobre el biológico.
En este caso, el tribunal concluye que "la demandante se siente hombre desde un punto de vista psicológico" y que "lo verdaderamente importante" es que "se pruebe plenamente una seriedad en la petición de rectificación registral". "Y ello entendemos se ha producido cuando una persona se ha sometido a tratamientos hormonales e intervenciones quirúrgicas (extirpación de útero y ovarios, además de una ablación mamaria), quedando solo pendiente la dotación de un órgano similar al que corresponde al sexo masculino", añade.
Así, frente a la postura defendida por el Ministerio Fiscal, el juzgado estima que exigir que se produzca una implantación completa por razones de mera apariencia "no parece una razón de peso suficiente para desestimar la demanda". Considera además que así se evita prolongar innecesariamente "el sufrimiento de una persona que como consecuencia de la discordancia entre lo real y lo registral, cada acto que exija una identificación, lo que se produce de manera constante en nuestras relaciones sociales, jurídicas y económicas, pondría abiertamente de manifiesto su situación de transexual , con el consiguiente perjuicio emocional y social que ello implicaría".

 
Vocento

Contactar | Mapa web | Aviso legal | Política de privacidad | Publicidad | Master El Correo

Canales RSS