El acusado circulaba por la carretera Nacional-120, a la altura del término municipal de Nájera, y al llegar a la altura del punto kilométrico 24,700, un ciclista se le cruzó, por la izquierda, de forma "antirreglamentaria". El conductor "no evitó" su atropello por alcance, según explica la sentencia, al reaccionar inadecuadamente dada su ingesta alcohólica, "provocando su muerte en el acto". La sentencia especifica que el acusado presentaba como síntomas "fuerte" olor a alcohol de cerca, y repeticiones de frases o ideas.
Al ser sometido a la prueba de alcoholemia, con etilómetro, arrojó un resultado positivo de 0,71 miligramos de alcohol por litro de aire expirado a las 20:43 horas, y 0,65 miligramos a las 21:10 horas. La familia del fallecido, indica la sentencia, ha sido indemnizada por la aseguradora del vehículo del acusado, y no reclama nada por estos hechos.
En el juicio, el Fiscal consideró los hechos como constitutivos de un delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, con una falta de imprudencia leve con resultado de muerte. El acusado mostró su conformidad y, por tanto, se dictó sentencia en estos términos.










