Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |

Local

Estás en: El Correo Digital > Local
contaminación acústica
El TSJPV obliga al Ayuntamiento de Loiu a medir el ruido del aeropuerto en tres puntos
Las pruebas se tendrán que realizar en un plazo de tres meses en la propia Casa Consistorial, en el ambulatorio y en el domicilio de la portavoz del grupo ecologista Lur Maitea, Consuelo Elosúa
05.08.07 - 12:00 -
Vota
0 votos

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
El TSJPV obliga al Ayuntamiento de Loiu a medir el ruido del aeropuerto en tres puntos
Un avión se dispone a aterrizar en el aeropuerto de Loiu. /Archivo
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) obliga al Ayuntamiento de Loiu a medir el ruido que genera el aeropuerto, en un plazo de tres meses, en la propia Casa Consistorial, en el ambulatorio y en el domicilio de la portavoz del grupo ecologista Lur Maitea, Consuelo Elosúa.

La sentencia notificada a las partes esta semana estima el recurso de apelación interpuesto por la agrupación ecologista contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Bilbao, que consideró "suficiente" la información facilitada por el Ayuntamiento, que, a su vez, había obtenido de AENA sobre las 'huellas de ruido' del Aeropuerto de Loiu.

Sin embargo, el TSJPV, tras el recurso de apelación de Lur Maitea a esta decisión del contencioso-administrativo, estima ahora que no es suficiente con los datos de AENA, por lo que el Ayuntamiento de Loiu debe realizar las mediciones durante 24 horas seguidas en esos tres puntos concretos y en un plazo inferior a tres meses. Además, el Consistorio deberá solicitar que Elosúa "preste voluntariamente su conformidad" para que realicen la medición en su domicilio.

El alto Tribunal vasco interpreta, dentro de los fundamentos jurídicos de su resolución, que el Consistorio "no es competente para controlar la actividad aeroportuaria, pero tampoco puede considerarse indiferente a los intereses municipales y del conjunto de los vecinos el nivel de ruido generado por el aeropuerto"
Vocento
SarenetRSS