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Dos médicos indemnizarán a una pareja por una imprudencia en un parto en el que murió el bebé
El juez condena a los ginecólogos del hospital de Basurto a pagar 50.000 euros por «no practicar la cesárea a su debido tiempo»
25.08.07 -
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El Juzgado de lo Penal número 6 de Bilbao ha condenado a dos ginecólogos del hospital de Basurto a indemnizar a una pareja de Arrigorriaga con 50.000 euros por cometer una «imprudencia leve con resultado de muerte» durante el parto, al «no practicar una cesárea a su debido tiempo». En este caso, se da la circunstancia de que los propios médicos del servicio de Ginecología y Obstetricia del centro sanitario bilbaíno, ambos sin antecedentes penales, reconocieron durante la vista que su error «provocó» la muerte del bebé que estaba a punto de nacer, por lo que se ha llegado a una sentencia de conformidad entre todas las partes.

«La pareja ha preferido renunciar a la posibilidad de una condena más severa y a una indemnización mayor para no tener que volver a revivir toda la tragedia y asegurar que los médicos reconocieran su imprudencia», explicó el abogado de la acusación, Javier Arechabaleta. Los hechos ocurrieron el pasado 11 de mayo de 2005 cuando Itxaso, embarazada de 38 semanas, fue remitida por la matrona de su ambulatorio al hospital de Basurto al «no notar movimientos fetales pese a la existencia de frecuencia cardiaca».

Perfectamente viable

La paciente fue sometida en el centro bilbaíno a varios controles que revelaron la existencia de «sufrimiento fetal». Ante esta situación, los dos ginecólogos que la atendieron decidieron realizar una cesárea «dado que, aunque la paciente presentaba contracciones, no había dilatado lo suficiente como para intentar con la inmediatez necesaria un parto vaginal», según explica la sentencia.

Sin embargo, y a pesar de realizarse todo el protocolo de cesárea, la sentencia mantiene que «los acusados, faltando a la diligencia profesional que les era exigible, no realizaron la cesárea urgente dentro del intervalo temporal que ordenan los propios protocolos, lo que provocó la muerte del hijo que esperaba la pareja». Según la descripción de los hechos recogida en el escrito, el feto presentaba cinco vueltas de cordón umbilical sobre el tobillo izquierdo y otra más abarcando ambas piernas, «circunstancia que hubiera tenido solución con la práctica de la intervención dentro del tiempo adecuado, lo que hubiera permitido el nacimiento de un hijo varón, de 2.750 gramos de peso, que era perfectamente viable, ya que no presentaba malformaciones externas ni orgánicas».

Así las cosas y tras llegar a un acuerdo de conformidad entre todas las partes, el juez ha condenado a los dos médicos a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de 20 euros como «autores de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte», además de tener que indemnizar a la pareja con la cantidad de 50.000 euros, que tendrá que abonar Osakidetza como responsable civil subsidiario.
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