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La Audiencia Nacional avala la legalidad urbanística en la edificación de Megapark
El Gobierno vasco ordenó el derribo de varias instalaciones por invadir el río El Ejecutivo dice no tener constancia de un fallo que es firme
09.12.07 -

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La Audiencia Nacional avala la legalidad urbanística en la edificación de Megapark
El fallo rebaja a 8 metros el ancho de ribera a proteger. / F. GÓMEZ
Megapark ha logrado avalar a golpe de sentencia la legalidad de sus instalaciones de Barakaldo. En una resolución firme dictada el 18 de enero, la Audiencia Nacional ha estimado parcialmente un recurso contencioso-administrativo de la promotora del parque comercial -Arcona Ibérica- contra el deslinde del río Castaños a su paso por la vega de Ibarreta-Zuloko. Los magistrados anulan la decisión del Ministerio de Medio Ambiente de estipular en 20 metros la servidumbre de protección de la ribera, catalogada como dominio público marítimo-terrestre. Consideran que «en los terrenos aludidos sólo es aplicable la servidumbre de tránsito» en lugar de la de zonas inundables, lo que rebaja a ocho metros la distancia respecto al cauce fluvial.

La decisión judicial legaliza automáticamente todos los edificios del complejo. Dentro del recinto se encuentran construcciones sobre las que desde el 12 de noviembre pesa una orden de derribo del Gobierno vasco, el encargado de hacer cumplir la legislación. Dos transformadores eléctricos, un aparcamiento, postes publicitarios, una línea de alta tensión subterránea y parte de una acera están afectados por la medida. El problema es que el dictamen autonómico choca con la sentencia de la Audiencia Nacional al estar dichas instalaciones más allá de ocho metros. El departamento de Medio Ambiente, en cualquier caso, dice no tener constancia aún de la resolución y no ha modificado su postura.

Denuncias ecologistas

El Ayuntamiento ya le ha remitido el documento para que conste en el expediente. «Cuando la tengamos en la mano, estudiaremos el asunto con los servicios jurídicos y obraremos en consecuencia», informan fuentes de la consejería. Arcona Ibérica tiene, mientras tanto, un mes para presentar un proyecto que devuelva los terrenos a su estado natural. La constructora se expone además a una multa que ascendería al 25% del valor de los trabajos irregulares, detectados en 2006 por Ekologistak Martxan y Ezpitsua. «No hicimos nada hasta este año porque parecían obras provisionales y decidimos esperar», alega el Gobierno vasco.

El proceso administrativo del Ministerio de Medio Ambiente contra Megapark arranca, de hecho, a raíz de varias denuncias ecologistas. La Ley de Costas estipula una distancia mínima de cien metros entre cualquier construcción y el mar. Como la zona está considerada marítimo-terrestre y en el río Castaños hay varias especies protegidas, los conservacionistas dieron la alarma por la cercanía del parque comercial al cauce fluvial. Tras analizar a fondo el asunto, el 15 de junio de 2004 el Gobierno central estipuló en 20 metros la superficie a proteger e hizo viable el ambicioso proyecto con una serie de limitaciones urbanísticas.

Arcona Ibérica no se quedó conforme con la decisión, por lo que recurrió la orden en los tribunales. Ahí defendió la tesis de que la ribera no era natural y precisaba de una protección menor. Su principal argumento era que el reencauzamiento del Castaños entre 1988 y 1990, realizado tras la instalación de la autopista A-8, convirtió el estuario en artificial y las mareas ya no le afectaban de igual modo. Los seis magistrados encargados de redactar la sentencia dieron la razón a la promotora en el fondo del asunto, aunque no admitieron otras demandas de carácter técnico.
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