Conde-Pumpido, que se ha reunido con ambos fiscales y ha mantenido frecuentes contactos telefónicos en las últimas semanas, les ha pedido que realicen un estudio jurídico en profundidad y un borrador sobre las características que debería tener el proceso, además de los argumentos en los que habría de basarse la hipotética demanda. La clave, en todo caso, está en si el Ministerio Público contará o no al final con indicios suficientes contra ANV para recurrir a la Sala Especial del Supremo. La respuesta a esa pregunta puede estar en el informe que las fuerzas de seguridad darán a conocer antes de final de año y que se detiene especialmente en los posibles vínculos económicos de ANV con Batasuna.
El fiscal general, según fuentes de este departamento, quiere tener respuesta a la pregunta «¿cómo lo hacemos?» en el mismo momento en que llegue a la conclusión, si es que ocurre, de que cuenta con elementos suficientes para desencadenar la ilegalización.
Para ello, los responsables de la Fiscalía en el Supremo repasan todos las demandas, recursos y sentencias que el alto tribunal y el Constitucional han estudiado y dictado desde 2002 hasta ahora en aplicación de la Ley de Partidos, la doctrina generada por esta norma, y la jurisprudencia aplicable al caso del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (Francia). Entre estas resoluciones figuran todo el proceso de ilegalización de Batasuna y sus siglas sucesoras, así como los recursos para la anulación de candidaturas electorales en fraude de ley.
Otro de los principales encargos del análisis jurídico es determinar si en el caso de ANV, y quizás también de EHAK, es más conveniente buscar su proscripción a través de un proceso de ilegalización nuevo e independiente, que puede durar varios meses, o si bastaría con invocar ante la Sala Espacial un incidente de ejecución de la sentencia de Batasuna, por considerarlas formaciones sustitutas de la ilegalizada, que sería mucho más rápido.
En cualquier caso, la orden de Conde-Pumpido es «hilar fino». El fiscal general no quiere ni fracasos ante la exigente doctrina del Constitucional en esta materia ni recursos con visos de éxito ante el Tribunal Europeo de Estrasburgo.






