En el País Vasco, el Departamento de Sanidad es el responsable de emitir la autorización sanitaria administrativa que permite a la empresa comenzar a funcionar. Y lo hace «conforme al informe sobre emisiones», que es responsabilidad del área de Medio Ambiente. Claro que antes de que el Ejecutivo vasco actúe, el Ayuntamiento donde vaya a instalarse el crematorio debe entregar a la empresa la licencia correspondiente.
Y sólo lo hace si la instalación cumple los requisitos que recoge la normativa municipal respecto a asuntos como la distancia con las viviendas -el Ayuntamiento de Bilbao estableció que no se permiten crematorios a menos de medio kilómetro de los pisos-, y aquí «cada localidad impone una condiciones distintas». En un intento de unificar criterios, el Ministerio de Sanidad trata de consensuar un documento para regular una actividad sobre la que hay «vacíos legales», reconocen.









