En febrero del año pasado, recuerda el presidente del Círculo Escéptico, el Tribunal Supremo absolvió a una curandera que timó 18.000 euros a dos hermanos que acudieron a ella para ver si acababa con el cáncer que al final mató a su padre. «El ciudadano medio de nuestra sociedad tiene un nivel de información sobre estas enfermedades y sus características que difícilmente puede alegar confianza racional en poderes paranormales. Se considera que no existe estafa cuando el sujeto pasivo acude a mediums, magos, poseedores de poderes ocultos, echadores de cartas o falsos adivinos, cuyas actividades no pueden considerarse como generadoras de un engaño socialmente admisible que origine o sean la base para una respuesta penal», sentenciaron los magistrados, para quienes un engaño de ese tipo «es tan burdo e inadmisible que resulta inidóneo para erigirse en el fundamento de un delito de estafa».







