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La Audiencia de Madrid reprocha, no obstante, a los mandos su falta de rigor a la hora de corregir los informes

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La absolución de los policías del ácido bórico sepulta la 'teoría de la conspiración'
Los cuatro mandos de la Policía Científica imputados, el pasado febrero en la apertura del juicio. / IGNACIO GIL
La Audiencia Provincial de Madrid sepultó ayer el último vestigio de la 'teoría de la conspiración' del 11-M: el 'caso del ácido bórico'. El tribunal ha absuelto a los cuatro máximos responsables de la Comisaría de Policía Científica acusados de falsedad documental por alterar el informe que vinculaba a ETA con la masacre de los trenes de Madrid. La sala concluye que apuntar a la autoría etarra sólo porque en la casa de un condenado por los atentados y en la vivienda de un miembro de ETA hubiera bórico, un popular matacucarachas, supone una «notable falta de rigor científico» y que, por ello, estaba justificado retocar el polémico documento.
Según los jueces, el comisario general de la Policía Científica, Miguel Ángel Santano; el jefe de la Unidad de Análisis, José Andradas; el secretario general, Pedro Luis Mélida, y el jefe del Laboratorio Toxicológico, Francisco Ramírez, no cometieron ilícito alguno porque la supresión de las apreciaciones sobre ETA fue «inocua», ya que el objeto del informe era saber si la sustancia era ácido bórico, y en ese punto no hubo modificación alguna. Las alteraciones del documentos fueron «intrascendentes» y, además, los mandos tienen entre sus competencias la de revisar los informes de sus subordinados.
Los magistrados Alberto Barreiro, Pilar Oliván y Carlos Martín sostienen que las observaciones «subjetivas» sobre ETA que el perito Manuel Escribano introdujo en el informe sin que nadie se las pidiera tenían «escaso, por no decir nulo, valor». De modo que para los jueces resulta «comprensible» que sus superiores «consideraran improcedente» mantener esas apreciaciones «acientíficas». Sobre todo, sigue el fallo, porque la función de la policía científica es hacer «pericias de carácter analítico» y no conjeturas que, en todo caso, corresponderían a los servicios de Información.
Los magistrados concluyen asimismo que el perito que azuzó la 'teoría de la conspiración' obró de forma «personalísima», sin «rigor científico», y además «olvidó que su cometido principal y lo que se esperaba de él era que utilizara sus conocimientos» exclusivamente para «efectuar un análisis químico de la sustancia». La sentencia pone también en duda que obrara de buena fe, al obcecarse en hacer observaciones sobre la banda terrorista en un informe del 11-M pese a ser «consciente de la relevancia jurídica, social y mediática» que tales apreciaciones iban a tener.
Sus consideraciones, insisten los jueces, «entraban de lleno en la disputa sobre el dilema que estaba en la calle y en todos los medios de comunicación, debido a la relevancia que había adquirido la hipótesis de la autoría de ETA en el gravísimo atentado terrorista». En ese «cuadro socio-político», explica el fallo, «no parece razonable que Manuel Escribano completara la pericia con unas especulaciones que carecían del rigor necesario». Vincular a ETA con el 11-M por el ácido bórico, «una sustancia que tiene varios usos domésticos», «nada aportaba a la investigación y, en cambio, generaba confusión y turbiedad».
Retoques con Tipp-ex
Pero los reproches no sólo van contra el perito. La sentencia lanza duras críticas contra la cúpula policial que, sin tener una «conducta reprochable penalmente», hizo un informe «sin excesivo rigor». Los jueces creen que el documento estaba lleno «inexactitudes» y que se introdujeron «inveracidades», como el que uno de los procesados firmara como autor del informe ya modificado tras la negativa de los peritos a cambiar las apreciaciones. Los magistrados censuran también que las modificaciones en los libros de registros para reasignar a los peritos se hicieran con Tipp-ex, «un método inadecuado e impropio de cualquier organismo oficial». Los mandos policiales, pese a ser absueltos, «no cumplieron con arreglo a las formas jurídicas concretas la sustitución del perito, la asignación del nuevo informe y la formalización del dictamen final, incurriendo en algunas irregularidades administrativas», según el fallo.
La sentencia podrá ser recurrida ante el Tribunal Supremo por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M y el sindicato Manos Limpias, que impulsaron las acusaciones a pesar de que la Fiscalía no veía delito alguno.
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