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Lunes, 16 de enero de 2006
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VIZCAYA
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La 'sentencia del piano' abre la vía a nuevas indemnizaciones a los afectados por el ruido
El fallo de un juzgado de Bilbao es novedoso por la cuantía de la compensación económica, 4.500 euros
Un niño, ajeno al caso, practica al piano. / EL CORREO
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Nadie diría que la música de Schumann puede estar en el origen de un litigio, pero incluso las mejores partituras son capaces de enturbiar la convivencia vecinal. La sentencia que ha condenado a unos abuelos de Bilbao a indemnizar a sus vecinos con 4.500 euros por las molestias que les causaba su nieto al tocar el piano tiene varios elementos novedosos. Según los expertos consultados, contribuirá a abrir la vía a nuevas compensaciones para las personas que deciden denunciar los ruidos que soportan en su vida cotidiana.

El fallo del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Bilbao da la razón a un matrimonio que oía tocar el piano «diariamente, sin respetar las fiestas» y «tanto al mediodía como a la tarde y a la noche» al nieto de los vecinos de abajo. La situación se prolongó durante unos dos años y medio. Según consta en la sentencia, el padre del niño se ofreció a insonorizar la habitación o a trasladar el piano a otra vivienda, pero no lo llevó a cabo.

El proceso judicial ha durado un año. Durante el juicio, se practicó una prueba pericial que resultó determinante. Un profesor del Conservatorio interpretó en el piano del niño el mismo repertorio que él solía tocar, mientras un inspector del Ayuntamiento de Bilbao medía los niveles de presión sonora. El resultado demostró que «el sonido sobrepasaba los valores permitidos por la ordenanza de protección del Medio Ambiente».

El abogado de los demandantes, Juan Ignacio Marcos González, considera que «lo más novedoso de la sentencia es el reconocimiento de los daños morales», además de la cuantía de la compensación económica y la imposición de costas a los demandados, lo que supone más de 2.000 euros. «España es el segundo país más ruidoso del mundo después de Japón, y empieza a haber conciencia del problema», afirma. «Cuando se haga una medición de ruido que supere el límite legal, se puede conseguir que cese, además de una indemnización por daños y perjuicios e incluso las costas».

En la 'sentencia del piano', la juez sostiene que la molestia originada «constituye en sí misma un daño moral indemnizable por el desasosiego, el sufrimiento, la incomodidad y la merma de calidad de vida que supone». En el caso de los demandantes, además, el ruido resulta particularmente «desaconsejable» por sus problemas de salud. El hombre ha sufrido una trombosis y su esposa padece cefaleas.

Sensibilidad

La asociación contra el ruido Adecavi, integrada en Ekologistak Martxan, opina que resoluciones como ésta pueden animar a los afectados a acudir a los tribunales. «El derecho a la indemnización está reconocido por el Supremo y hay abundante jurisprudencia, pero a veces en primera instancia hay problemas para reconocer los daños morales. No todos los jueces tienen la misma sensibilidad», explica Alfonso Terceño, abogado ambientalista y miembro de la comisión jurídica de la entidad.

A su despacho llegan «una o dos llamadas diarias» de ciudadanos vascos hartos de convivir con el ruido. De todos ellos, sólo la tercera parte presenta una denuncia, y son menos aún los que van a juicio. «Hay gente que opta por vender el piso», desvela.



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