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Jueves, 2 de febrero de 2006
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POLÍTICA
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La mayoría del Tribunal Constitucional se inclina por rechazar el recurso del PP contra el Estatut
La ausencia de unanimidad obliga a consultar al fiscal antes de tomar una decisión
La mayoría del Tribunal Constitucional se inclina por rechazar el recurso del PP contra el Estatut
Los diputados populares Federico Trillo y Soraya Sáenz de Santamaría, ayer en el Congreso. / EFE
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La mayoría de los magistrados del Tribunal Constitucional son partidarios de rechazar el recurso del PP contra la decisión del Congreso de calificar y tramitar el proyecto de Estatuto de Cataluña como reforma estatutaria y no como reforma constitucional. No obstante, y dado que el tribunal no logró ayer la unanimidad que impone la ley para la no admisión a trámite, el pleno de la institución decidió consultar la opinión de la Fiscalía.

El ministerio público y los abogados del Grupo Popular en el Congreso tienen un plazo de diez días para formular al tribunal sus alegaciones, ante la intención de los magistrados de no admitir a trámite la demanda por «carencia manifiesta de contenido constitucional». La mayoría de los miembros del pleno no ven en la decisión de la Mesa del Congreso elemento alguno que vulnere derechos fundamentales de los diputados populares, única razón que justificaría entrar a estudiar el fondo del recurso.

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece, en su artículo 50.3, que para no admitir a trámite un recurso de amparo, si no hay unanimidad en el tribunal, es precisó oír las alegaciones de la Fiscalía y del demandante antes de «acordar mediante auto la inadmisión del recurso». Contra este auto motivado de rechazo de la demanda, al que se le añadirán los votos particulares de los magistrados discrepantes, no cabe recurso.

«Mutación constitucional»

El grupo parlamentario popular esperó hasta el último momento para presentar el recurso de amparo contra el acuerdo adoptado por el resto de los grupos presentes en la Mesa de la Cámara. Presentó el recurso el 2 de noviembre de 2005, en el instante mismo en que daba comienzo el debate sobre la admisión o no de la propuesta catalana en el pleno del Congreso.

Los recurrentes, que reclamaron la suspensión inmediata de la tramitación de la iniciativa pese a saber que el tribunal no tenía tiempo material para acordarla, denunciaron que la Mesa del Congreso «vulneró» el Reglamento de la Cámara al calificar como reforma estatutaria lo que consideran que es, en realidad, un cambio encubierto y profundo de la Carta Magna española que, de prosperar, produciría «una mutación constitucional». Por tal motivo, el recurso solicitó del tribunal que declare la vulneración de derechos, que anule los acuerdos de la Mesa y que ordene a la Cámara la tramitación del proyecto de Estatuto como si fuese una reforma de la Constitución.

La demanda del PP afirma que el órgano de dirección del Congreso «lesionó» el derecho de sus diputados, regulado en el artículo 23.2 de la Carta Magna, «a acceder en condiciones de igualdad a los cargos y funciones públicas, con los requisitos que señalen las leyes». Es decir, su derecho a haber intervenido en el procedimiento parlamentario que se habría producido de haberse aceptado la tramitación del proyecto como una reforma de la Constitución. El grupo parlamentario sostiene que la admisión como reforma estatutaria de la propuesta catalana supone «un claro fraude constitucional» y ocasionará un «perjuicio irreparable».

El PP recusó en su escrito al magistrado del Constitucional Pablo Pérez Tremps por entender que podía no ser imparcial, ya que participó en la confección de informes sobre el Estatut para la Generalitat durante la fase de redacción de la propuesta en el Parlamento catalán. Sin embargo, el pleno del Constitucional rechazó la semana pasada la recusación del PP, al entender que la imparcialidad de Tremps no estaba comprometida.




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