La Audiencia Nacional confirmó ayer el embargo decretado en enero contra el ex etarra Kandido Azpiazu, uno de los terroristas que asesinaron en 1980 al edil de UCD Ramón Baglietto, para que pague con sus bienes a la viuda y los hijos del fallecido la indemnización de 10 millones de pesetas a que fue condenado. La Sala de lo Penal, que rechazó el recurso presentado por Azpiazu contra la orden de embargo de sus propiedades, reiteró en el auto que la obligación de pagar la indemnización no ha prescrito.
El documento recuerda que aunque la obligación de satisfacer las indemnizaciones judiciales prescribe a los 15 años de dictada la sentencia firme, esta prescripción se interrumpe siempre que los perjudicados realicen una reclamación oficial del pago de la responsabilidad civil. El tribunal explica que si bien la sentencia firme de Azpiazu es de diciembre de 1981, con lo que la indemnización habría prescrito en 1996, existen reclamaciones de la familia y actuaciones del jugado en tal sentido en 1989, en 1990 y en 1993, que interrumpieron la prescripción. Esta última actuación alargó el plazo hasta 2008.
La Sala de lo Penal actuó contra los bienes de Azpiazu en enero pasado, a instancias de la Fiscalía después de que la viuda de Baglietto, Pilar Elías, denunciase que el asesino de su marido, que en el juicio de 1981 se declaró insolvente, regenta junto a su esposa una cristalería debajo del domicilio de los Baglietto, en Azkoitia.
A la vista de la resolución, es muy probable que el tribunal rechace de igual manera el recurso contra el embargo del otro asesino de Baglietto, Iñaki Zuazolazigorraga, que posee un restaurante en las inmediaciones de Tolosa.