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Viernes, 24 de febrero de 2006
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ECONOMÍA
PUGNA POR ENDESA
Bruselas advierte a España de que no puede actuar para frenar la OPAde E.ON
Aunque la compañía alemana estuviera en una situación de monopolio contraria a la normativa europea, debería pedir a la CE que actúe
La Comisión Europea (CE) ha advertido hoy a España de que, en la OPA de E.ON sobre Endesa, no puede adoptar unilateralmente medidas para frenarla, incluso aunque la compañía alemana estuviera en una situación de monopolio contraria a la normativa europea, en cuyo caso debe pedir a la CE que actúe.
El portavoz de Competencia de la Comisión, Jonathan Todd, ha reseñado que si un estado cree que una empresa o país infringen la regulación de la UE, debe denunciarlo a Bruselas, pero en ningún caso puede actuar unilateralmente.
Todd ha incidido en que los estados miembros no pueden apelar en ese tipo de casos al principio de reciprocidad y ha precisado que, si las autoridades españolas adoptan alguna medida contraria a la libre circulación de capitales -hoy el Consejo de Ministros tenía previsto analizar la OPA de E.ON-, Bruselas "no dudará en actuar".
En su opinión, si cada país comienza a apelar a la reciprocidad para no cumplir las reglas de la UE, "acabaremos con el mercado interior y volveremos a la década de los treinta".
El portavoz ha recordado que en ocasiones anteriores en las que el gobierno de un estado miembro puso obstáculos a una operación intracomunitaria -la compra del portugués Champalimaud por el Santander y la fusión de HVB y Unicrédito en Polonia- la Comisión actuó.
Todd ha subrayado que en las operaciones de dimensión comunitaria -la OPA de E.ON lo sería, dadas las cifras de negocio de ambas compañías- la Comisión tiene "competencia exclusiva" y los estados no pueden intervenir, del mismo modo que Bruselas no interfiere en operaciones de dimensión nacional.
Ha admitido que los estados pueden invocar razones de interés general para bloquear una fusión, pero ha indicado que ese interés general debe ser compatible con la legislación comunitaria.
Si los argumentos esgrimidos por el estado miembro no responden a los criterios fijados en la ley europea, el gobierno en cuestión debe notificarlo a Bruselas, que es la que debe decidir si los motivos son válidos.
A la pregunta de si una compañía con monopolio en un estado miembro puede llevar a cabo adquisiciones en otro país de la UE sin enfrentarse a ningún obstáculo, Todd ha respondido que es posible siempre que su monopolio sea consistente con la regulación comunitaria sobre competencia y con las directivas de liberalización.
Ha agregado que, si ese monopolio no se ajusta a la normativa europea, es una cuestión que compete a la Comisión y nunca a otro estado miembro.



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