El Correo Digital
Miércoles, 1 de marzo de 2006
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OPINIÓN
ARTÍCULOS
Condena y redención
El titular de un periódico no lo podía decir más claro: 'El Supremo cambia la doctrina para que el etarra Parot cumpla 30 años de cárcel'. Desde luego, a poca gente se le escapa que el lugar más adecuado para un asesino es la cárcel. Es un tema puro y simple de seguridad personal, por un lado, y de cumplimiento de deuda social, por otro: hay que procurar que quien cause daño no vuelva a hacerlo, y además, que purgue por ello. Está, por otra parte, y debe estarlo en primer término, el tema de la redención y de la reinserción: cualquier persona puede cometer un desliz, puede tener momentos difíciles en el plano personal o momentos que le lleven a actuar de forma no habitual en circunstancias que no son corrientes. Puede haber multitud de situaciones complicadas que facilitan a alguien que se plantee actuar al margen de la ley. La sociedad regula la forma de castigar el delito, pero regula también la forma en que el delincuente puede hacer más llevaderos sus años de prisión y puede, incluso, aligerar la pena. La sociedad prevé mecanismos de reinserción. La sociedad prevé que la forma de ser habitual de esa persona no tiene por qué coincidir exactamente con la que manifestó en aquellas circunstancias marcadas. Los grupos humanos son generosos con sus miembros.

Claro que para que la sociedad acabe recibiendo de nuevo en su seno a quien ha atentado contra ella, debe haber una voluntad clara por parte de la persona interesada: tiene que querer admitir las reglas de comportamiento comunes. Si quien está condenado en la cárcel por haber asesinado sigue queriendo atentar, o madura ideas para que otros atenten, e incluso les fija objetivos, es difícil pensar en serio que se quiere volver a incorporar a la sociedad. Parece más bien que está reclamando que le mantengan preso, del mismo modo que a un enfermo se le mantiene en el hospital hasta su curación. Éste es el caso de Parot. Nunca ha mostrado ganas de vivir como una persona corriente y sí, en cambio, de causar el mayor daño posible. Así que el Supremo ha decidido cambiar la doctrina para seguir manteniéndolo en la cárcel. Sin embargo, esta decisión da mucho que pensar. Sobre todo, porque es difícil pensar que Parot, o quien sea, esté dispuesto a cumplir las leyes si quienes debieran asegurar su cumplimiento las van aplicando a conveniencia.

Los pilares del Estado moderno se caracterizan, desde hace siglos, por distinguir con claridad entre quienes hacen las leyes (el parlamento), quienes las aplican (el gobierno) y quienes las interpretan (la judicatura). Por supuesto, las líneas divisorias son a veces confusas y, sobre todo, cuando hablamos del poder legislativo y del ejecutivo, parlamento y gobierno, a nadie extraña la perfecta conjunción de intereses entre una mayoría parlamentaria y el gobierno que sostiene esa mayoría. En esas condiciones, la simbiosis entre el poder legislativo y el ejecutivo es casi total. Con los jueces no es posible decir lo mismo, porque la línea divisoria con respecto a los otros poderes es mucho más clara. Salvo en momentos puntuales, claro. Las cosas acaban reventando en momentos coyunturales de complejidad política. Éste es uno de ellos. Ya desde hace tiempo se observa una politización extraordinaria en algunos de los órganos clave del poder judicial y en algunos tribunales de extraordinaria importancia, como el Constitucional, que son, sobre todo, políticos.

Ninguno tenemos por qué dudar de que los jueces, desde su independencia, procuran aplicar la ley de modo honesto, pero seríamos unos angelitos si supusiéramos que no son personas y que, como tales, carecen de una ideología política que les inclina, aun a su pesar, a ver las cosas de una forma y no de otra. En algunos de los magistrados cuyos nombres aparecen con más frecuencia en los medios, esta inclinación se manifiesta sin matices, de forma grosera. A nadie se le escapa que personas con otra sensibilidad política en el Constitucional, por ejemplo, habrían dado lugar a interpretaciones bastante diferentes a las que se han ido imponiendo. Basta ver, otro ejemplo, las tensiones generadas entre el Supremo y el Constitucional a la hora de juzgar unos mismos hechos.

En nuestra legislación una persona puede recibir en su sentencia centenares de años de prisión cuando se acumulan condenas por distintos delitos. Pero, al final, lo máximo que puede cumplir son 30 años. Como no puede estar más tiempo que ése en la cárcel, de forma automática se aplican las posibilidades de redención sobre ese total, de modo que quien cumpla los requisitos, por muy monstruosos que hayan sido los crímenes cometidos, al cabo de 20 años puede estar en la calle. Eso era hasta ahora. Con Parot se ha establecido un nuevo criterio: las posibilidades de redención se aplican previamente sobre cada una de las condenas recibidas, de modo que al final quedará un total de años que nunca podrá ser superior a los 30 efectivos. Dicho con otras palabras: será inútil, en algunos casos, que nadie se afane en redimirse porque, haga lo que haga, deberá permanecer en la cárcel los 30 años. Los magistrados han decidido cambiar la doctrina para que Parot siga en prisión.

Por supuesto, se estaba generando una enorme alarma social con estas excarcelaciones. Ésa ha sido una razón de peso para que el Tribunal diga ahora 'diego' donde antes decía 'digo'. Por supuesto, en la historia de la doctrina jurídica, se suelen producir cambios de este tipo. Pero me pregunto, sin ser ducho en leyes, si un sistema democrático puede permitirse unas aplicaciones tan 'ad hoc' sin que le tiemble el pulso. Me pregunto si un sistema moderno puede cambiar interpretaciones dependiendo de la persona que tiene delante. Me pregunto si otros ámbitos de la Administración han asumido su responsabilidad a la hora de aplicar la legislación existente y si, en lugar de conceder redenciones de forma generalizada y automática, no han examinado antes con lupa los supuestos de la posible redención, el menor de los cuales no es, desde luego, que los interesados muestren señales inequívocas de ajustarse a normas de convivencia comunes. En ese caso el resultado habría sido el mismo, pero al menos se habrían respetado esas normas que tanto manifestamos querer, al tiempo que habría sido una solución no sólo legal sino justa.



Vocento