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Jueves, 2 de marzo de 2006
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La ley vasca cumple un año sin desarrollar todo su contenido
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El Gobierno vasco aprobó a principios del año pasado una ambiciosa norma que nació con el objetivo de acabar con la discriminación de las mujeres en el ámbito institucional, empresarial y asociativo. La Ley para la Igualdad de Hombres y Mujeres, refrendada el 18 de febrero de 2005, fijó las bases para «establecer los principios generales» que debían regir la «actuación de los poderes públicos» en materia de paridad de sexos. En este sentido, se acordó garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida.

Un año después, la aplicación de la norma se circunscribe sobre todo a la parcela pública, es decir, a las exigencias de paridad que se imponen en el seno de las administraciones vascas. La ley, aún pendiente de desarrollar en varios apartados, obligó el año pasado a los partidos políticos a conformar sus listas con el mismo número de hombres y mujeres para concurrir a las elecciones autonómicas. La normativa dictaminó que había que integrar a un 50% de mujeres en cada segmento de seis candidatos y que, en cuanto a los órganos del Gobierno, la presencia femenina iba a ser, como mínimo, de un 40%.

La Ley para la Igualdad de Hombres y Mujeres, que el lehendakari Juan José Ibarretxe calificó entonces como un texto que marcaría «un antes y un después en Euskadi», es de obligatoria aplicación en «todas las administraciones públicas vascas»; es decir, en el Gobierno vasco, en las diputaciones y en los ayuntamientos. Pero la realidad, aunque mejorada, todavía no satisface los criterios exigidos. Y basta con poner un ejemplo: en el Ejecutivo de Vitoria, los hombres copan el 66% de altos cargos pese a la normativa igualitaria. El porcentaje global de presencia femenina en el Gobierno autonómico se queda en un 33%, un 7% menos de lo previsto en la ley.

Sector privado

La norma, en su vertiente laboral, también establece en su artículo 40 la obligación de las empresas de elaborar planes de igualdad. La ley estipula que las firmas «participadas mayoritariamente con capital público», así como las privadas en función del «número de personas empleadas» -que se determinará «reglamentariamente»-, diseñarán programas encaminados a «promover la igualdad de hombres y mujeres en su funcionamiento interno y en su actividad hacia el exterior». Pero la falta de un desarrollo reglamentario ha impedido, hasta la fecha, llevar a cabo esta iniciativa en el sector privado.



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