El Tribunal Supremo se opone a que su presidente, Francisco Hernando, comparezca el próximo martes 7 de marzo ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para informar sobre la aplicación por los tribunales de la ley que regula el cumplimiento de penas por delitos de terrorismo.
La Sala de Gobierno del alto tribunal acordó ayer por unanimidad declarar «improcedente» que el Parlamento cite a Hernando para que dé explicaciones sobre «decisiones jurisdiccionales». El órgano máximo de dirección del Supremo quiso dejar claro que el Poder Legislativo carece de competencias para intentar controlar o entrometerse en la labor jurisdiccional de los tribunales de justicia, órganos independientes.
El motivo de que se le citase en el Congreso obedece al caso de Henri Parot y a la decisión de unificar en una sola sus condenas, en vez de en dos como se le reclamaba. La Comisión de Justicia del Congreso citó también al ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, que contestó el miércoles pasado a los diputados, y al fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que acudirá a la Cámara el próximo 8 de marzo. Fuentes judiciales indicaron que Francisco Hernando aún no ha decidido qué hará: si acudirá o no a la cita en el Congreso, si comparecerá con normalidad, o si, aunque asista a la comisión, declinará contestar a pregunta alguna vinculada con decisiones de los tribunales de justicia.
Doctrina Parot
Por otra parte, el nuevo sistema de penas establecido por el Tribunal Supremo en el caso de Henri Parot -por la que los etarras con condenas de miles de años deberán cumplir de forma íntegra al menos 30 años- afectará también a cualquier delincuente juzgado según el código penal de 1973 y que acumule tres o más condenas. En la práctica, sin embargo, sólo tendrá consecuencias sobre 180 etarras -de los 230 encarcelados por el viejo código- y un narcotraficante, que acumulan sentencias por más de 45 años de prisión.