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Jueves, 9 de marzo de 2006
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Un juez se niega a suspender una vista porque la maternidad no es causa mayor
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Una abogada que fue madre hace un mes se vio obligada a acudir ayer a una vista en un juzgado de Barcelona, con su hijo en brazos, porque el juez se negó a suspenderla. Argumentó que la reciente maternidad de la letrada no constituye un motivo de fuerza mayor.

La vista no se llegó finalmente a celebrar porque las distintas partes se pusieron de acuerdo en aplazarla dos meses. El juez, de todas formas, siguió sin dar su brazo a torcer, aunque intentó convencerlo la decana del Colegio de Abogados, Silvia Giménez-Salinas, que acudió para mediar.

Otras abogadas del Colegio de Barcelona acompañaron a la letrada, Carolina de la Fuente, para exigir, en el Día de la Mujer, que sea obligatorio suspender las diligencias judiciales por maternidad.

De la Fuente, que es la abogada de la parte perjudicada en la demanda, dio a luz el pasado 5 de febrero a un niño prematuro, que no fue dado de alta hasta el 16 de febrero pasado. Doce días después, la letrada presentó una instancia ante el juez en la que solicitó el aplazamiento de la vista, cuyo objetivo era la práctica de pruebas, acogiéndose a un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil que permite suspender las actuaciones judiciales por causas de fuerza mayor.

El juez rechazó el mismo día la petición y sugirió a la letrada que enviara a la vista a un compañero de despacho, lo que los clientes no aceptaron. De la Fuente presentó entonces un recurso de súplica contra la decisión judicial, alegando su derecho a disfrutar de la baja maternal y el derecho de defensa de sus clientes

En un comunicado, el Colegio de Abogados de Barcelona ha pedido que se establezca la obligatoriedad de los juzgados de suspender las actuaciones judiciales cuando una abogada solicite su aplazamiento por maternidad.



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