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Martes, 21 de marzo de 2006
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sanidad
El Gobierno vasco fija en 180 días el plazo máximo para ser operado en Osakidetza
El decreto establece que el paciente sea intervenido en la red privada sin hacerse cargo de los gastos en caso de que ese límite de tiempo sea superado
El Gobierno vasco ha aprobado unos plazos máximos de entre 30 y 180 días para ser operado en los hospitales públicos de la red de Osakidetza, y en caso de que se incumplan, el paciente podrá ser intervenido en la red privada sin hacerse cargo de los gastos.
El Gobierno vasco fija en 180 días el plazo máximo para ser operado en Osakidetza
Los pacientes podrán ser operados antes de 180 días. /Archivo
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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un decreto por el que se establecen los plazos máximos de acceso a procedimientos quirúrgicos programados y no urgentes a cargo del Sistema Sanitario de Euskadi. El decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, es decir, al menos en junio, y no tendrá efectos retroactivos.
Por tanto, sólo se reconocerán los tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas que se hallen consumidos a la fecha de entrada en vigor del decreto. Según este decreto, los plazos de garantía para la cirugía oncológica no podrán superar los 30 días naturales, 90 días para cirugía cardíaca y 180 días para otros procedimientos quirúrgicos.
En caso de incumplimiento de estos plazos máximos de respuesta quirúrgica, el paciente podrá recurrir a otros medios sanitarios con el fin de no demorar el tratamiento que precise, todo ello a cargo de la Administración pública. El cómputo del plazo de garantía se iniciará cuando sea cumplimentada la hoja de solicitud de intervención quirúrgica del hospital en que haya de practicarse la intervención.
Dicha hoja, donde se hará constar la fecha de su cumplimentación, será inscrita en el registro existente en el sistema de gestión de lista de espera del hospital en el plazo de 24 horas hábiles. Transcurridos los plazos de respuesta establecidos en el decreto, el paciente podrá solicitar autorización para recibir atención en otro centro sanitario.
Situación de espera
Esta solicitud, dirigida al Departamento de Sanidad, podrá ser presentada en el hospital en el que se encuentre en situación de espera de intervención quirúrgica o en el centro de salud asignado al paciente. Por su parte, el hospital deberá remitir al Departamento de Sanidad un informe de la Dirección Médica donde se indiquen las circunstancias relativas a la situación de espera que afecta al paciente.
La resolución del Departamento deberá ser dictada en un plazo máximo de 20 días. Si transcurre dicho plazo sin contestar, se entenderá estimada la solicitud y el paciente quedará habilitado a acudir a otro centro sanitario de su elección dentro de la oferta sanitaria existente en Euskadi.
El Departamento de Sanidad abonará directamente los gastos de la intervención quirúrgica en caso de que la misma se practique en el centro sanitario al que se le hubiera derivado. En el caso de que el o la paciente haya abonado previamente el importe, se le reintegrará el mismo, siendo la cuantía del reintegro la correspondiente a los importes establecidos en la normativa vigente de tarifas aplicables a los conciertos de asistencia sanitaria prestada con medios ajenos al Sistema Sanitario de Euskadi.



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