La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha absuelto a una vecina de Bergara a la que se le acusaba de ser cómplice de un delito de tráfico de estupefacientes al permitir que su pareja traficara en su domicilio.
La sentencia, a la que a tenido acceso Vasco Press, recuerda que el conocer que la persona con la que se convive posee droga con el propósito de traficar con ella «no implica por sí mismo ni participación en el delito de tráfico de drogas, ni la obligación de denunciar el hecho».
Los hechos se remontan al 6 de enero de 2004 cuando la acusada, de 45 años y natural de Eibar, llamó por teléfono a su hermana diciendo que su pareja se encontraba tumbada en la cama sin constantes vitales.
La hermana avisó rápidamente a los servicios médicos de guardia y un facultativo desplazado hasta el domicilio confirmó que el hombre había muerto de una sobredosis de anfetaminas. La novia avisó a la Ertzaintza del fallecimiento de su pareja. Varios agentes se dirigieron al domicilio, donde detectaron la posible existencia de sustancias tóxicas destinadas a ser distribuidas.
Al día siguiente, tras conseguir una orden de registro, los ertzainas inspeccionaron la vivienda. En la misma localizaron diversa cantidad de éxtasis y hachís, así como útiles para su distribución y documentos que dejaban constancia de las transacciones realizadas.
Cinco años
El Ministerio Fiscal solicitaba para la mujer como cooperadora necesaria o en su caso, como cómplice, en un delito de tráfico de substancias que causas grave daño a la salud una pena de cinco años de prisión, o en su defecto, tres años de cárcel, mientras que la defensa pedía la libre absolución.
El tribunal por su parte, ha descartado la participación de la acusada puesto que no mostró voluntad de destruir u ocultar la droga antes de que accedieran los agentes a su domicilio y no se han encontrado pruebas de que haya percibido beneficios por el negocio. Asimismo, advierte de que el conocimiento de los hechos «no permite fundar una coautoría e impide construir una participación».