El Correo Digital
Domingo, 30 de abril de 2006
 Webmail    Alertas   Envío de titulares    Página de inicio
PORTADA ÚLTIMA HORA ECONOMÍA DEPORTES OCIO CLASIFICADOS SERVICIOS CENTRO COMERCIAL PORTALES
VIZCAYA
MANUEL AYO, MAGISTRADO
«Si un desaparecido regresa tiene derecho a recuperar su patrimonio»
El juez advierte de que si no existen sospechas de delito «no se investiga»
«Si un desaparecido regresa tiene derecho a recuperar su patrimonio»
MANUEL AYO disipó con su ponencia algunas dudas jurídicas sobre estos casos. / M ITXEL ATRIO
Imprimir noticiaImprimirEnviar noticiaEnviar
EN CIFRAS
País Vasco

Desaparecidos: Cada año se registran cerca de 1.600 casos.

Casos sin resolver: Al cabo de 12 meses menos de un centenar sigue sin respuesta.

España

Desaparecidos: A finales de 2005, el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil contabilizaron 14.000 denuncias por desaparición.

Casos sin resolver: Poco más del 1% no se resuelve.

Publicidad

Cerca de 1.600 personas desaparecen cada año en el País Vasco. Estos sucesos sumen a menudo a la familia en un doloroso proceso de búsqueda, pero dan lugar, además, a complicadas situaciones desde el punto de vista judicial. Manuel Ayo, doctor en Derecho, es magistrado en el Juzgado de Instrucción número 4 de Bilbao. El jueves participó en el primer encuentro técnico sobre personas desaparecidas, celebrado en Arrigorriaga.

A la jornada, la primera de estas características que se celebra en Euskadi, asistieron expertos de diferentes puntos de España, familiares de desaparecidos en los últimos años en Vizcaya y representantes de asociaciones de apoyo a las familias. La ponencia del magistrado sirvió para disipar algunas de las dudas jurídicas que existen en torno a estos casos.

-¿Qué es lo primero que debe hacer la familia cuando desaparece un pariente?

-Interponer una denuncia en la Policía para que se ponga en marcha el dispositivo de rastreo. Aunque, desgraciadamente, las estadísticas dicen que las posibilidades de que aparezca vivo siempre son escasas.

-A veces, las búsquedas no dan resultado.

-Si no hay sospechas de delito no se investiga. Por eso hace falta regular unas condiciones para las personas desaparecidas.

-Además del drama familiar, a los parientes les surgen también otros problemas. ¿Qué ocurre con todos los bienes a nombre de la persona ausente?

-En estos casos, el juez debe nombrar a un representante, que será su cónyuge, padre, hermano u otro pariente. Él gestionará su patrimonio.

-¿Esta persona puede hacer uso de él?

-Sí, pero un juez debe autorizarlo previamente. Y suele hacerlo cuando la persona es declarada ausente legal.

Naufragios

-Un proceso que dura...

-Depende del caso pero, por normal general, no suele pasar más tiempo que entre uno y tres años.

-Aun así, las propiedades siguen a su nombre.

-Hasta que la persona esté declarada muerta, sí.

-En la actualidad hay más de 14.000 personas en paradero desconocido en España. Algunos no aparecerán nunca.

-En España existe una ley que dice que pasados diez años se le concede a esa persona una presunta defunción. Este periodo se acorta a cinco años si la edad del desaparecido es ya avanzada y se establece en dos años cuando este suceso se produce en el marco de un conflicto armado.

-¿Y en catástrofes?

-En los casos de los naufragios y los siniestros, pasados tres meses se declara la muerte de la persona desaparecida.

-¿Qué ocurre si la persona aparece, incluso una vez después de declarada su defunción?

-Tendría derecho a que le restituyeran su patrimonio, al menos el equivalente al valor de los bienes en el momento de la desaparición. Aunque hay gastos corrientes del día a día que no pueden reponerse.

-También hay quien desaparece de manera voluntaria.

-A todos nos gustaría ejercer el derecho a desaparecer de esta sociedad, pero es una utopía.

-¿Qué ocurre si esa persona tiene hijos?

-Que incurriría en un delito de abandono a la familia. En los casos de parejas separadas a veces un cónyuge denuncia la desaparición del hijo cuando, en realidad, está con el otro progenitor. Pero esto no deja de ser un error con una pena leve.

-¿Y qué hay de la pareja, en el caso de los matrimonios?

-También cometería el mismo delito que en el supuesto anterior. Además, seguirían casados hasta que no tenga el certificado de fallecimiento. El matrimonio estaría unido legalmente y ninguno de los dos podría volver a casarse hasta que se deshaga la unión.

-¿Hay alguna manera de prevenir los problemas que, desde el punto de vista jurídico, acarrea una desaparición?

-Es casi imposible. Solucionarlo previamente mediante documentos supone estar predispuesto a desaparecer.

Los secuestros

-Habrá conocido casos de personas a las que nadie busca.

-Son pocos los casos, pero también existen. Entonces te das cuenta de la soledad en la que vive el ser humano. Hemos tenido llamadas de vecinos que avisan de mal olor en la escalera porque hay un cadáver en uno de los pisos. Eso es muy triste.

-¿Un secuestro se considera desaparición?

-Sí. Y, últimamente, para muchos delincuentes los secuestros comienzan a ser como tarjetas de crédito. Si necesitan dinero no roban un banco, se llevan al hijo de un empresario. En estos casos al culpable se le castiga con una pena de entre seis y diez años de cárcel y con quince si el secuestro dura más de dos semanas. Cuando no se facilita el paradero la pena se incrementa.

-¿Cómo se prepara una persona para afrontar un desenlace fatal?

-En casos de muerte violenta la situación es muy dramática para los familiares, más cuando hay que reconocer el cadáver.



Vocento