 TRIBUTOS. Los diputados generales Joxe Joan González de Txabarri, Ramón Rabanera y José Luis Bilbao. / EL CORREO
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| CRONOLOGÍA |
2005
Enero: El Tribunal Supremo declara ilegal el Impuesto de Sociedades que se aplicaba en el País Vasco al considerar que se alejaba demasiado del vigente en el resto de España. En concreto, anula el tipo de gravamen, establecido entonces en el 32,5%.
Mayo: Las diputaciones aprueban una nueva normativa para salvar el vacío legal generado por la sentencia del Supremo, pero mantienen en el 32,5% el tipo aplicado a los beneficios de las empresas.
Octubre: El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco suspende cautelarmente la aplicación del 32,5%, a la espera de que se resolvieran los recursos judiciales presentados por los gobiernos de Castilla- León y La Rioja, y por el sindicato UGT de esta comunidad.
Diciembre: Las diputaciones aprueban un nuevo gravamen, el 32,6%, que también es recurrido.
2006
Mayo: El Tribunal Superior suspende de nuevo la aplicación del 32,6%, al considerar que el aumento de 0,10 puntos es «anecdótico» e incumple la sentencia dictada por el Supremo. |
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El Tribunal Superior de Justicia ha suspendido de forma cautelar, por segunda vez en siete meses, el Impuesto de Sociedades vigente en el País Vasco, cuyo nuevo tipo de gravamen -el 32,6%- fue aprobado la última semana de diciembre. En síntesis, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la maniobra ejecutada por las diputaciones forales al elevar el tipo del impuesto del 32,5% al 32,6% no es suficiente para demostrar que acatan la sentencia que dictó en enero de 2005 el Supremo. Aquel fallo estableció que el 32,5% que se aplicaba en Euskadi a los beneficios de las empresas era ilegal porque se separaba en exceso del 35% que 'sufre' el resto de compañías españolas y, por lo tanto, podía calificarse como «ayuda de Estado».
La decisión judicial está motivada por una iniciativa de la Junta de Castilla-León, aunque existen también suspensiones solicitadas por el Gobierno de La Rioja, que se fallarán en los próximos días; previsiblemente, en el mismo sentido.
El guiño que las diputaciones quisieron hacer a los tribunales, después de una encendida polémica en la que Vizcaya y Guipúzcoa pretendían situar el gravamen por debajo del 32,5%, se ha quedado en simple mueca. El tribunal estima que haber subido el tipo impositivo en una décima es «anecdótico» e «inesencial». A su juicio, se trata de un intento «formalista y ficticio» de cumplir la sentencia del Supremo. En términos coloquiales, el auto conocido ayer viene a decir que la jugada de los gobiernos forales 'no cuela' en el terreno jurídico.
Sin consecuencias
Pese a ello, en términos prácticos hay que considerar que la maniobra de las diputaciones sí ha 'colado' y puede resultar incluso una virtuosa manera de soslayar las sentencias judiciales. Así las cosas, especialistas fiscales consultados ayer estiman que el auto de suspensión cautelar no tendrá consecuencias serias, a pesar de que las empresas realizarán su declaración del Impuesto de Sociedades a partir del próximo 1 de julio y hasta el 30 del mismo mes. Dichas fuentes estiman que «dado que el tipo de gravamen estaba vigente el 31 de diciembre de 2005, el día en que finaliza el ejercicio y el momento en el que formalmente se devenga el impuesto, aunque se liquide más tarde las compañías podrán realizar su declaración aplicando ese 32,6%». Hábilmente, las diputaciones publicaron en sus boletines este gravamen el día 30 de diciembre para no que no existiese tiempo material a la presentación de recursos dentro del año 2005.
La complicación técnica para las instituciones forales comienza a partir de ahora para definir un nuevo tipo impositivo que sea aplicable en este ejercicio, en un momento que no resulta fácil. Y ello porque está en pleno proceso de debate la reforma fiscal que debe entrar en vigor el 1 de enero de 2007, en la que previsiblemente se adopte una rebaja sensible del tipo de gravamen -el Gobierno central lo reducirá del 35% al 30% en cinco años-, pero también un recorte sustancial de algunas de las desgravaciones existentes. Las haciendas vascas han comenzado a telegrafiar su deseo de mantener las deducciones por inversiones en I+D, pero también el de eliminar otras como la de creación de empleo.
Por su parte, las patronales de Vizcaya y Guipúzcoa, Cebek y Adegi respectivamente, mostraron ayer su contrariedad por este nuevo auto judicial y coincidieron en señalar que la «inseguridad jurídica a la que se está sometiendo a los empresarios vascos es inaceptable». Adegi, además, exigió que el tipo del impuesto sea rebajado hasta el 24%, para equipararlo a la media vigente en la Unión Europea. Cebek, por su parte, mostró un «respaldo total» a las actuaciones de las diputaciones, al tiempo que transmitió la convicción de los tribunales no interpretan correctamente el Concierto Económico.
El Gobierno de La Rioja, por contra, se felicitó por la suspensión cautelar del Impuesto de Sociedades.