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Jueves, 18 de mayo de 2006
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OPINIÓN
ARTÍCULOS
Soberanía
Gestionar un asunto que afecta a muchos requiere no sólo una voluntad resolutiva compartida sino también, y específicamente, manejar el instrumental apropiado. Las herramientas conceptuales no son una excepción a este principio elemental de gestión. En el nuevo escenario abierto tras la declaración por ETA del 'alto el fuego permanente' la soberanía es un concepto no ya carente de operatividad sino manifiestamente inadecuado para el fin que se persigue: una convivencia normalizada en paz y democracia.

La primera definición del término se debe a Jean Bodin en 'Los seis libros de la República', obra aparecida en 1576. La soberanía se concibe como «el poder absoluto y perpetuo de una república». Los manuales de teoría política convencionales ofrecen definiciones que apenas difieren de la del jurista angevino. La soberanía -se dice- es, junto con la población y el territorio, uno de los tres elementos estructurales del Estado: es el poder supremo y exclusivo, que, internamente y frente a sus súbditos, ostenta la capacidad última de dictar normas, así como el monopolio de la coacción física; su manifestación externa, frente a otros Estados soberanos, es la independencia. Estamos, pues, ante un concepto tajante, robusto, macizo, de rápida comprensión y de simplicísima aplicación... Tan simple como peligrosa: ya que su despliegue lógico conduce con facilidad al 'choque de trenes', esto es, a la violencia, el terror y la guerra.

Un primer apunte histórico: la noción de soberanía se formula en pleno siglo XVI, con el propósito de legitimar el poder del monarca frente a un triple rival: el emperador, la Iglesia y los señores. Soberanía y absolutismo son, por tanto, dos conceptos históricamente siameses. Su separación traumática correrá a cargo de Rousseau y la revolución; la operación quirúrgica será completada con el trasplante del poder absoluto teorizado dos siglos antes a una criatura nueva llamada voluntad general. De lo cual se impone ya una primera conclusión: trasladado hacia adelante, parece incongruente aplicar un concepto alumbrado por el absolutismo monárquico de los siglos XVI y XVII a los Estados democráticos europeos del poder disperso y multipolar del siglo XXI; llevado hacia atrás, es un flagrante anacronismo invocar la unión de las coronas de Castilla y Aragón o los fueros medievales como expresión de unas realidades políticas, el Estado o la soberanía, aún inexistentes.

Pero es en el terreno teórico donde se advierte la fragilidad lógica y empírica del concepto, en expresión de Popper. Más rotundo había sido Duguit al afirmar, desde un positivismo consecuente, que el principio de soberanía no sólo es algo indemostrado sino también indemostrable e inútil. Recordemos algunas de sus paradojas y contradicciones. Para empezar, se trata de una auténtica tautología. La soberanía se define como el poder que cualifica al Estado, ejercido sobre una población y en un territorio dados; y el Estado como aquel ente que se caracteriza por ser soberano. Soberanía y Estado aparecen, pues, confundidos en una misma identidad. De aquí deriva una primera paradoja: ¿Cómo puede hablarse de un Estado de Derecho, si el soberano es, por definición, quien crea la norma? ¿No es contradictorio que el Estado se halle al mismo tiempo por encima y por debajo del Derecho, fuera y dentro del mismo?

Además, un poder concebido en términos absolutos e ilimitados es una contradicción filosófica y política. El concepto nace en Bodin impregnado de un voluntarismo radical, quizás porque se extrapola al plano de la organización estatal un modelo de voluntad individual, solamente supeditado a la voluntad divina, en línea con ciertas corrientes escolásticas de la época. Por otro lado, la vida política -y no sólo la democrática- está consustancialmente entretejida de restricciones y limitaciones de toda índole. ¿Qué es entonces ese poder supremo en que consiste la soberanía? ¿Habrá que convenir con el cínico que Norteamérica es el único Estado soberano del mundo (quizás también los Estados equipados con armas atómicas), o que Israel es más soberano que Palestina, o que China más que cualquier Estado miembro de la Unión Europea? ¿No acabaríamos, en una mezcla de pragmatismo y nominalismo, sosteniendo, como en la definición de judío que da Woody Allen, que soberano es todo aquello que los demás señalan con el dedo afirmando «he aquí un Estado soberano»?

Parecida perplejidad provocan otros conceptos concomitantes. Cuando Rousseau desplaza la soberanía desde la voluntad del monarca hasta la voluntad general, ¿qué entiende por tal? Paradójicamente, el creador del mito individualista visualiza una voluntad general que no es la suma de las voluntades particulares sino la encarnación de una ambigua voluntad colectiva. De hecho, la filosofía política del ginebrino inspirará dos concepciones opuestas de soberanía: la nacional, que atribuye la titularidad del poder supremo a la nación, y la popular, que reconoce como soberano al pueblo. Pero, ¿de qué nación o pueblo se trata? ¿Sobre qué territorio se asientan? ¿Qué racionalidad soporta el establecimiento de los límites geográficos, étnicos, históricos o sociológicos de la comunidad política base del Estado?

Todavía hay una pregunta previa: ¿Qué significa que la nación o el pueblo son soberanos, si el único soberano genuino es el Estado? Reconstruyamos el proceso: En el principio no existió una comunidad política constituyente del Estado. El primer Estado soberano es la monarquía absoluta y el primer titular de la soberanía es el monarca. Con la revolución liberal cambia la titularidad del poder, tanto en un sentido real como figurado. Exactamente el mismo poder soberano (sobre la misma población y territorio) pasa a ser ejercido de hecho por la clase burguesa, añadiéndose la ficción jurídica de que el nuevo titular de la soberanía es la nación o el pueblo. La historia contemporánea será la historia de la aproximación sucesiva, con avances y retrocesos, entre facticidad y derecho; y la democracia, la tensión en pos de esa convergencia. Pero, en definitiva, la nación o pueblo son constituidos como tales por la voluntad del Estado, a la vez que el Estado resulta configurado por la voluntad de la nación o pueblo soberanos.

El inevitable rumbo circular que toma el concepto queda perfectamente ilustrado con la 'gran cuestión': ¿Dónde radica la soberanía? Y la contestación correcta es: en el sujeto político titular de la misma. Pero ¿quién define este sujeto, es decir, su población y territorio? No la lógica deductiva (pues de los conceptos de nación, pueblo o soberanía nada se concluye) ni la lógica histórica (susceptible de lecturas encontradas), sino la determinación del soberano. Esto es: en un acto de soberana tautología, eco del bíblico 'Soy el que soy', un sujeto político proclama: «Soy soberano porque puedo definirme como tal; y puedo definirme como tal porque soy soberano».

Para romper esta mareante circularidad, conviene abandonar las aguas de la razón metafísica, especialista en plantear preguntas sin respuesta, o de la razón histórica, frecuentemente forzada a realizar trabajos políticos 'ad probandum'. Deconstruir la trama que nos legaron los teóricos del Estado-nación no significa quedarnos a la intemperie, a merced a los energúmenos de la irracionalidad, sino modificar el modelo de razón a emplear. Ante todo, se deberá resituar la pregunta clave o viga maestra del edificio: porque lo sustantivo no es de quién es el poder, sino qué es y para qué. A partir de ahí habrá de intervenir una razón de estructura compleja: crítica, tan amiga del esfuerzo reflexivo como recelosa de las claridades incuestionadas; cordial, dispuesta a empatizar con los intereses y problemas de los 'otros'; prudente, que sabe apreciar las situaciones históricas de partida; dialógica, que prefiere la transacción a la decisión unilateral; instrumental, más centrada en la observancia de las reglas que en la defensa de principios; e integradora, capaz de armonizar una pluralidad de lógicas. Sólo una 'razón democrática' de este perfil podrá aportar la legitimidad y la eficacia que la nueva situación política demanda.



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