El auto emitido por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por el que se admite a trámite la querella interpuesta por el Foro Ermua contra Ibarretxe y tres dirigentes de Batasuna por los delitos de desobediencia y quebrantamiento de las medidas cautelares, resulta francamente inadmisible desde todo punto de vista, incluido también el estrictamente jurídico. Conviene dejar claro que la acción judicial instada por este colectivo responde a una evidente finalidad política, más que a una supuesta pretensión de clarificar hechos que pudieran ser objeto de responsabilidad penal.
En el caso de Ibarretxe los promotores de la iniciativa es obvio que buscan ventilar y poner en juego algo más que una mera responsabilidad penal. A nadie se le oculta que tras la declaración del alto el fuego permanente, este foro, al igual que otros colectivos de víctimas y el PP, se ha opuesto activamente al final dialogado de ETA, así como a cualquier diálogo con Batasuna. Aunque con anterioridad a la reunión con los dirigentes de la izquierda abertzale era un hecho notorio que Ibarretxe ya había mantenido otros encuentros formales con Otegi y compañía, sin embargo y curiosamente, es el que se produce el 19 de abril, tras la declaración de la tregua, el que se presenta como hecho delictivo.
Es obvio que la Administración de Justicia no puede resolver los asuntos de su competencia según criterios políticos o de oportunidad, pero tampoco puede desconocer o ignorar el riesgo claro de instrumentalización política que pueden suponer ciertas acciones judiciales, máxime cuando se instan en el orden penal y en coyunturas muy determinadas. No es admisible que se utilice el proceso penal como instrumento de contienda política, convirtiendo en una acción de responsabilidad criminal lo que no son más que actos correspondientes al ámbito de la responsabilidad política.
El auto de admisión a trámite de la querella, especialmente la dirigida contra el lehendakari, adolece de la falta de cautela y del exquisito rigor y análisis que el Derecho penal exige a la figura de la imputación judicial. En este sentido, considerar la reunión del lehendakari con los dirigentes de Batasuna, celebrada además en un contexto de encuentros generalizados con el resto de las formaciones políticas para analizar y contrastar opiniones tras la tregua de ETA, como un acto de cooperación necesaria para la materialización de un delito de desobediencia por los dirigentes de Batasuna que se limitaron a acudir a la invitación, resulta francamente fuera de los parámetros de racionalidad y rigor exigibles a los Tribunales de Justicia, máxime cuando la imputación es de carácter criminal.
Desde un punto de vista jurídico resulta complicado, por no decir imposible, descubrir la razón por la que resulta delictivo reunirse con Batasuna, y, en cambio, no es un hecho criminal charlar con ETA, máxime cuando la madre de todas las razones por las que se declaró la ilegalización es, precisamente, que formaba parte del entramado de ETA. Si por algo se debe caracterizar el Derecho es precisamente por la racionalidad y la certeza. A veces en cambio se imponen como rasgos la arbitrariedad y la incertidumbre.
x.gurrutxaga@diario-elcorreo.com