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Miércoles, 21 de junio de 2006
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ECONOMÍA
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Las diputaciones y Confebask respaldan una consulta fiscal ante el Tribunal de la UE
Los gobiernos forales y la patronal manifiestan por escrito su respaldo a la iniciativa del Tribunal Superior sobre el Impuesto de Sociedades
Los diputados generales Joxe Joan González de Txabarri, José Luis Bilbao y Ramón Rabanera. /I. ONANDIA
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CRONOLOGÍA
2005

Enero: El Tribunal Supremo declara ilegal el Impuesto de Sociedades que se aplica en Euskadi al considerar que se aleja demasiado del vigente en el resto de España. En concreto, anula el tipo de gravamen, establecido en el 32,5%, frente al 35% que impera en el resto del país.

Mayo: Las diputaciones aprueban una nueva normativa para salvar el vacío legal creado, pero mantienen en el 32,5% el tipo aplicado a los beneficios de las empresas.

Octubre: El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco suspende cautelarmente la aplicación del 32,5% a la espera de que se resuelvan los recursos judiciales presentados por los gobiernos de Castilla- León y La Rioja, y por el sindicato UGT de esta comunidad.

Diciembre: Las diputaciones aprueban un nuevo gravamen, el 32,6%, que también es recurrido por las comunidades limítrofes.

2006

Mayo: El Tribunal Superior suspende de nuevo cautelarmente la aplicación del 32,6% al considerar que el aumento de 0,10 puntos en el gravamen es «anecdótico» e incumple la sentencia dictada por el Supremo. El auto es consecuencia del recurso de la Junta de Castilla-León.

Junio: La Sala se pronuncia en los mismos términos ante una petición similar del Gobierno de La Rioja.

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Las diputaciones de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa, y la patronal Confebask han transmitido al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que estarían de acuerdo en elevar una consulta a la Corte de Luxemburgo para conocer su opinión sobre la polémica que gira en torno al Impuesto de Sociedades del País Vasco. En la práctica, señalaron ayer portavoces de estas instituciones, hace algunos meses ya pidieron formalmente a la Sala de lo Contencioso que adoptase una medida de este tipo cuando entregaron sus escritos de alegaciones a los recursos planteados por los gobiernos de Castilla León y La Rioja contra las normas que regulan la fiscalidad de los beneficios de las empresas en Euskadi.

De esa forma, aunque los magistrados les han dado diez días para que contesten a una providencia en la que les plantea esa consulta a la UE, el trámite «no pasará de ser un formalismo, ya que los jueces conocen cuál es nuestra idea, favorable a esa cuestión prejudicial», señalaron fuentes cercanas al proceso.

«Una buena salida»

La decisión del Tribunal Superior de abrir ahora esa vía, adelantada ayer por este periódico, ha sido recibida con buen talante. El argumento, recuerdan fuentes institucionales, es el mismo que sirvió para pedir al Constitucional que anule la sentencia por la que el Supremo ilegalizó el Impuesto de Sociedades vasco al estimar que incumple la normativa de la UE y que entra de lleno en lo que se puede calificar como «ayudas de Estado». Diputaciones y patronal respaldan la iniciativa de que sea la Corte de Luxemburgo, y no los jueces españoles, quienes pasen las normas tributarias forales por el tamiz de la jurisprudencia comunitaria para determinar si se ajustan a la legalidad.

«Ésta es la primera noticia positiva que sale del Tribunal Superior de Justicia en el último año en torno al Impuesto de Sociedades», apuntó ayer un alto responsable de una institución implicada en el procedimiento. El diputado general de Álava, Ramón Rabanera, fue el único en pronunciarse oficialmente al señalar que «es una buena salida».

Tribunal de la UE

Fuentes de la Administración foral matizaron ayer que, hasta ahora, se habían opuesto a someter las normas forales con carácter previo a la UE antes de que entren en vigor, como llegó a proponer en 2005 la Diputación alavesa. Los ejecutivos vizcaíno y guipuzcoano se negaron a una operación de este tipo porque, apuntaron, suponía relegar la legislación foral a una 'segunda división' y a pasar por una 'censura previa' a la que no se someten las leyes aprobadas por el Congreso de los Diputados. «Es este caso -concretaron-, de lo que se trata es de que sea el Tribunal de la UE el que aplique la legislación europea, algo que no le corresponde al Tribunal Supremo».

El proceso será largo. Aunque no existe una decisión definitiva -antes deben cumplirse los plazos de contestación formal a la providencia-, varias fuentes dan como «casi seguro» que se plantee la cuestión prejudicial sobre el asunto en las próximas semanas. De ser así, los recursos presentados por Castilla-León y La Rioja contra las dos últimas normativas del Impuesto de Sociedades -que contenían tipos de gravamen del 32,5% y del 32,6%, respectivamente- deberán permanecer 'congelados' a la espera de que se pronuncie la Corte de Luxemburgo. Algo que, según los mismos medios, no se producirá antes de dos o tres años. Estos tipos de gravamen, sin embargo, no se podrán aplicar ya que los jueces han decidido suspenderlos de forma cautelar.

Mientras todo eso madura, y al tiempo que el pretendido blindaje del Concierto Económico comienza a verse como una posibilidad casi imposible a corto plazo, las diputaciones deberán aprobar una nueva normativa para llenar el actual vacío legal que existe en torno a los tributos que deben pagar los beneficios empresariales.



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