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¿SE PUEDE SABER POR QUÉ? vivienda
Koldo Sarria: Vivo junto a quince familias más en un edifico antiguo de Durango que va a ser demolido. En el solar van a construir una nueva urbanización. Ante esta situación, la reciente ley del suelo me tiene preocupado. Si el Ayuntamiento me expropia la vivienda, según la nueva norma, tengo derecho a una protegida con una superficie afectada y en el mismo régimen de tenencia que la que ocupaba. Es decir: que si mi casa era libre, la nueva vivienda ¿será también libre, sin ningún tipo de restricción ni plazo? Y si no me expropian, pero soy un 'ocupante legal', ¿qué pasa?
Responde: departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco. El proyecto de ley del suelo establece que la vivienda de destino de la persona realojada se adjudique en el mismo régimen de ocupación que disfrutaba en la vivienda de origen. Es decir, se garantizará que las personas afectadas por expropiaciones de viviendas puedan entrar realojadas en viviendas protegidas dispuestas para este fin en el régimen de propiedad cuando también fueran propietarios y residieran habitualmente en la vivienda expropiada. Y esto se mantiene incluso en aquellos supuestos en los que la persona afectada por dicha acción no reúna las condiciones para acceder en propiedad a una vivienda de protección oficial.
Javier Ogueta: Se nos planteó esta duda en una conversación entre amigos y nadie supo decir con seguridad cuál era la respuesta: las viviendas de protección oficial entregadas antes del cambio de normativa de finales de 2002 ¿se convierten en libres pasados veinte años?
Responde: departamento de Vivenda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco. La normativa del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales establece la calificación permanente (es decir, que las viviendas serán protegidas durante toda su vida útil) para aquellos pisos que hayan obtenido la calificación como VPO con posterioridad al 31 de diciembre de 2003. Por tanto, los pisos por los que pregunta Javier Ogueta no serán libres pasados veinte años, sino que, en caso de querer venderlos, deberá hacerse a los precios máximos que establece la normativa y después de la obtención de un visado por parte de la Delegación Territorial de Vivienda.
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