Lunes, 20 de noviembre de 2006
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VIZCAYA

DE CUANDO EN CUANDO
Andar a pie
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OLMO Eso de andar a pie por la calle a veces resulta un lío porque cada cual va por donde le place y encima se añaden los obstáculos de las tertulias y los cochecitos de niño estacionados incluso de dos en dos. Así me describe el problema de pasear por las aceras de la villa un asiduo de esta tertulia llamado Ángel S., el cual añade que antes se nos enseñaba a circular por nuestra derecha y a no entorpecer a los demás en las aceras, y que todavía recuerda lugares en los que había carteles con tal indicación.

En eso de los carteles, recuerdo uno que existió en el puente de Cantalojas, pero sólo exigía circular por las aceras sin especificar lo de la derecha o la izquierda. Sin embargo no deja usted de tener su parte de razón amigo Ángel, aunque creo que ha cargado un tanto las tintas sombrías. Y respondiendo a su carta, y también para conocimiento de los amables lectores en general, le citaré las normas que las viejas ordenanzas de la villa fechadas en 1907 (las únicas que existen recopiladas y publicadas) establecen para el tránsito a pie.

En el artículo 40 se dice por ejemplo que «tendrán preferencia a pasar por la acera aquellos a cuya derecha en el sentido de su marcha estén colocados los edificios». Y como puede leerse, sólo se establece el tránsito obligatorio por la derecha en caso de enfrentamiento de dos peatones. Este artículo añade también la obligatoriedad de circular por la derecha tan sólo en un caso que podemos leer en el párrafo siguiente: «En casos de aglomeraciones de gentes en los paseos o en otro sitio público, cada uno tomará también la dirección que a la derecha le corresponde».

Como hemos podido leer eso de circular por la derecha sólo se establece en los casos en que dos peatones se encuentren frente a frente (por ejemplo arrimados a la pared en días de lluvia) o cuando exista una aglomeración. Sólo hay un caso en el que se cite concretamente lo de circular a pie por la derecha. Lo podemos leer en el cuarto párrafo que dice así: «Al atravesar los puentes todo transeúnte está obligado a tomar el andén de la derecha en el sentido de su marcha, prohibiéndose en todo caso el estacionamiento de personas en las aceras embarazando el tránsito publico». Como puede ver usted amigo Ángel, oficialmente, lo que se dice oficialmente, sólo se exige caminar por la derecha en los puentes. En el resto de la calle la única norma que rige para el tránsito a pie es la del libre albedrío.

 
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