La Comisión Europea vuelve a la carga contra el Gobierno español por las trabas impuestas al desembarco de E.on en Endesa. La responsable de Competencia, Neelie Kroes, exigió ayer la abolición, con un plazo límite del 19 de enero, de las nuevas condiciones establecidas a la OPA del gigante alemán al considerar que también contravienen lo dispuesta en la normativa sobre fusiones de la UE. Estas restricciones son una pequeña parte de las que inicialmente fijó el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero y que Bruselas tachó de ilegales, lo que obligó al Ministerio de Industria a recortarlas. Las que han quedado han sido incluso aceptadas por la compañía germana, pero la autoridad comunitaria no está dispuesta a 'pasar ni una' a España.
En un tono manifiestamente displicente, el portavoz de Competencia, Jonathan Todd, hizo saber ayer que la Comisión había tenido noticia de las nuevas condiciones impuestas las autoridades españolas a E.on a través de la prensa, antes de que le fueran oficialmente notificadas, y se permitió barajar la posibilidad de que, con su tardía respuesta a los requerimientos comunitarios, lo que el Gobierno español estaba buscando es conseguir que la autoridad comunitaria no se pronunciara sobre el tema en 2006.
«Lamento -decía la comisaria de Competencia, Neelie Kroes, a través de un comunicado- que la Comisión se haya visto obligada una vez más a intervenir para evitar que un Estado miembro imponga condiciones injustificadas a una fusión europea de rango principal».
Restricciones ilegales
Las condiciones consideradas ilegales por el Ejecutivo comunitario en su decisión de ayer conciernen a las salvaguardias impuestas para el mantenimiento de la titularidad del negocio de Endesa y de activos considerados estratégicos. Se trata de la exigencia de que la eléctrica española mantenga su marca durante al menos cinco años; la de que las filiales que cuentan con instalaciones fuera del territorio nacional permanezcan vinculadas a la matriz española también durante cinco años; que las térmicas de su propiedad que utilizan carbón nacional en generación sigan haciéndolo tal y como aparece contemplado en los planes mineros nacionales; y que E.on se abstenga de tomar decisiones no acordes con el ordenamiento nacional de carácter estratégico sobre Endesa, o que afecten a la seguridad del suministro.
La decisión comunitaria de ayer se inscribe en la adoptada el 23 de septiembre pasado, contra las condiciones originarias impuestas por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) a la OPA de E.on sobre Endesa, que fueron declaradas ilegales entonces.
De persistir España en su actitud, Bruselas podría recurrir al Tribunal de Justicia de la UE, pero Todd recordó que las decisiones de la autoridad comunitaria adoptadas en base al artículo 21 del Reglamento de Fusiones -la del 23 de septiembre pasado y la de ayer- tienen carácter ejecutivo y son invocables en el caso de un recurso ante los tribunales nacionales.
El portavoz se permitió señalar que «España no puede pretender que los demás socios comunitarios apliquen legislación europea que beneficie a sus empresas si ella no hace lo propio con las de los demás socios comunitarios», en un comentario que excede sus competencias y que legitima las represalias al margen del Derecho de la UE.