Viernes, 26 de enero de 2007
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OPINIÓN

EDITORIAL
Ley y justicia
La decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de mantener la prisión provisional comunicada y sin fianza de Iñaki de Juana Chaos, en tanto que fundada en Derecho, debería ser suficiente para zanjar la diatriba en torno a un problema que, tras el auto, no permite otra solución que la ofrecida por el tribunal competente. Los magistrados que ayer resolvieron no modificar dicha situación penitenciaria tuvieron que enfrentarse a un dilema que no encuentra en la legislación vigente una salida unívoca. Habría sido tan acorde al artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal la concesión de la prisión atenuada que había solicitado la Fiscalía, en atención a la preservación del bien superior que supone el derecho a la vida, como la resolución adoptada por la Sala de lo Penal en pleno. Porque si bien la mayoría de los magistrados convino que los riesgos sobre la salud y la propia vida del preso no derivaban de su internamiento sino de su insistente negativa a nutrirse, su estado actual también podría considerarse análogo al motivado de cualquier enfermedad sobrevenida.

Además de por la falta de univocidad de la ley, la resolución se hacía aún más difícil por tratarse de un preso que, a punto de cumplir la pena milenaria que se le había impuesto por los múltiples asesinatos cometidos, había sido posteriormente procesado y condenado por las amenazas terroristas contenidas en dos artículos de prensa a una pena aún no firme de más de 12 años. La decisión adoptada a última hora en orden a arropar el auto judicial con una resolución ampliamente colegiada podría interpretarse así como un indicio más de la delicada naturaleza del caso. La discrepancia pública que se había suscitado habrá condicionado el sosiego de las deliberaciones de los magistrados, que se encuentran sometidos cada vez con más frecuencia a una presión desmesurada por parte de la opinión pública, alimentada por el irresponsable enfrentamiento partidista en la gestión de la lucha contra ETA. Pero ello no exime a los jueces de una responsabilidad que no acaban de asumir: la de unificar criterios para cubrir las lagunas que presenta -unas más comprensibles que otras- la legislación vigente. Porque, en la medida en que la Ley permite muy diversas versiones de cara a su aplicación, y los jueces y tribunales discrepan reiteradamente de su interpretación, la ciudadanía asiste perpleja, incómoda e incluso irritada ante la, en apariencia, incoherente producción judicial.

El caso de De Juana Chaos es una evidencia de esta circunstancia indeseada. Tanto la tipificación del delito como la variable petición fiscal han enrarecido el proceso y trasladado al debate político y, lo que es más preocupante, a la sociedad, una dañina crispación. Y si bien la resolución de ayer no tiene ninguna objeción en derecho, también es evidente que toda la carga de confusión y polarización arrastrada durante la tramitación se ha volcado sobre la ciudadanía. El Supremo tiene en sus manos la resolución de un recurso que debería servir para clarificar esta controversia o, al menos, para confirmar o no la condición penal de De Juana. Suficiente razón para pedir al alto tribunal que no demore su decisión.

Ahora bien, la determinación de proseguir con la huelga de hambre en protesta por su última condena implica una responsabilidad que De Juana Chaos no puede transferir a los demás y, en concreto, a los tribunales de justicia: su empecinamiento en prolongar el ayuno tampoco garantizaba que con la concesión de la prisión atenuada fuese a deponer tal actitud. De modo que nadie debería cargar sobre la Audiencia Nacional la responsabilidad por la respuesta que el preso dé a su resolución judicial. Pero también es cierto que la vida es un valor supremo y que el Estado ha de poner todos los medios a su alcance para preservar la salud del recluso. Una responsabilidad de la que no están libres los allegados de De Juana, ni unos correligionarios políticos más empeñados en encontrar un mártir o un banderín de enganche para su causa que en persuadirle de que ponga fin a su huelga y haga frente a la realidad. Y eso incluye esperar la evolución de su recurso.

Llegados a este punto, es imprescindible que los responsables políticos democráticos dejen de vincular la situación de De Juana Chaos con las vicisitudes del denominado 'proceso de paz', que la banda reventó el 30 de diciembre, o con la evolución futura de la conducta etarra. Es necesario que extremen su sentido de la responsabilidad evitando el aplauso entusiasta o, en el lado opuesto, la descalificación de una resolución judicial que, en sí misma, no entraña otro efecto político que el que los propios políticos deseen darle. Frente a la más que previsible utilización victimista de la sentencia por parte de la izquierda abertzale, los responsables democráticos deben mostrarse mesurados en la legítima expresión tanto de la coincidencia como de la discrepancia respecto al veredicto de la Audiencia Nacional.

 
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