El programa 'Emprender en femenino', dirigido a mujeres que se hayan constituido como trabajadoras autónomas o que hayan creado una sociedad, ofrece subvenciones de 6.000 a 12.000 euros dependiendo del importe total de los gastos que se hayan justificado. La Cámara de Comercio recuerda que esta fórmula de apoyo del Instituto de la Mujer puede solicitarse hasta el próximo día 7 si se cumplen cualquiera de los requisitos planteados.
Así, se exige que las mujeres hayan iniciado la actividad en el periodo comprendido entre el 1 de enero del pasado año y el 26 de abril del actual. Además, la actividad ha de estar relacionada con los sectores de industria, construcción, nuevas tecnologías, medio ambiente y servicios a personas dependientes.
A las evidentes exigencias de estar realizando la actividad en el momento en que se pide la subvención así como la de estar dada de alta en la Seguridad Social «o en el que legal o estatutariamente les corresponda», se añaden más. De entrada se exige que acrediten haber realizado unos gastos mínimos de 6.000 euros.
Los justificantes
Los gastos que deben justificarse, directamente relacionados con la actividad, se refieren a múltiples aspectos. Así, se plantean que desde las tasas e impuestos abonados para poner en marcha la sociedad, hasta el alquiler o traspaso del local, su acondicionamiento, la compra de equipamiento, el canon de franquicia, publicidad, software adquirido, etcétera.
Las solicitudes deben presentarse en Madrid, en el Registro General del Instituto de la Mujer o en la sede central del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Fuera de Madrid, en registros de órganos administrativos del Estado o las Comunidades Autónomas. Incluso, en Correos.
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Cámara de Comercio
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